Diferencia entre revisiones de «Constitución de Venezuela»

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|escritor = Diputados de la [[Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela de 1999|Asamblea Constituyente]]
|signatorios = '''128''' Diputados
|función = Refundar la República.<ref>{{Cita web |url=http://es.wikisource.org/wiki/Constituci%C3%B3n_venezolana_de_1999#Asamblea_Nacional_Constituyente |título=Preámbulo de la Constitución de 1999 |fechaacceso=8 de diciembre de 2011|idioma=español}}</ref>
Establecer un Estado federal democrático y social de Derecho y de Justicia.<ref>{{Cita web |url=http://es.wikisource.org/wiki/Constituci%C3%B3n_venezolana_de_1999#T.C3.8DTULO_I._PRINCIPIOS_FUNDAMENTALES |título=Constitución de 1999, Artículo 2 |fechaacceso=8 de diciembre de 2011|idioma=español}}</ref>
}}
'''Constitución de Venezuela de 1999''' (nombre oficial: '''Constitución de la República Bolivariana de Venezuela''') es la [[constitución|Carta Magna]] vigente en [[Venezuela]], adoptada el [[15 de diciembre]] de [[1999]] mediante un [[referéndum]] popular. El [[15 de febrero]] de [[2009]], le fue introducida la Enmienda Nº 1 impulsada por el presidente [[Hugo Chávez]], recibiendo respaldo de diversos sectores y el rechazo de los partidos tradicionales.
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Los venezolanos fueron convocados a un [[Referéndum constituyente de Venezuela de 1999|Referéndum Consultivo el 25 de abril de 1999]] para que decidieran si aprobaban o no la propuesta [[17 de noviembre]] de ese año el texto sancionado por la Asamblea Constituyente que fue sometido a Referéndum popular
 
La constitución venezolana de 1999 se convirtió en la primera en reconocer los derechos de los pueblos indígenas, estableciendo como oficiales sus lenguas y reconociendo derechos sobre los territorios ocupados ancestralmente.
 
Desde el punto de vista ambiental, esta constitución es pionera en la región al reconocer el derecho de los ciudadanos a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Entre otros asuntos de índole ambiental, la constitución establece:
 
{{cita|*Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y sociocultural. }}
{{cita|*El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. }}
{{cita|*El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral a fin de garantizar la seguridad alimentaria de la población. }}
{{cita|*Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. }}
{{cita|*Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. }}
{{cita|*El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. }}
{{cita|*El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia. }}
{{cita|*Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.}}
 
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=== Preámbulo ===
{{cita|
El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente constitución:
:|Constitución de la República Bolivariana de Venezuela |1999}}
 
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=== Espacio Geográfico y de la División Política ===
El título II (art 10º a 18º), se establece que el territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la [[Capitanía General de Venezuela]] con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad, los yacimientos mineros y de hidrocarburos, cualquiera que sea su naturaleza, existentes en el territorio nacional pertenecen a la República. El territorio nacional no podrá ser jamás cedido, traspasado, arrendado, ni enajenado, ni aun temporal o parcialmente, a Estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional. La división política se divide en [[Estados de Venezuela|Estados]], [[Distrito Capital (Venezuela)|Distrito Capital]], [[Dependencias Federales de Venezuela|Dependencias Federales]] y [[Territorios federales de Venezuela|Territorios Federales]].
 
 
El título III (art. 19 a 135), posee una densidad normativa importante. Se refiere a ''Los derechos y deberes constitucionales''. El artículo 19, extensa enunciación de los derechos fundamentales reconocidos en Venezuela, conserva tradiciones ancestrales de la cultura jurídica venezolana. Entre los derechos fundamentales reconocidos se cuentan el derecho a la vida, la igualdad ante la ley, la igualdad en la protección de la ley, a la honra, a la libertad de conciencia, a la libertad de expresión, de asociación, el derecho a la propiedad, lo que se refiere a la [[ciudadanía]]. Reconoce la nacionalidad venezolana en las distintas formas que esta se obtiene, ya sea [[ius sanguinis]], [[ius soli]]s, por carta de nacionalización, la aparición de los referendos revocatorios para todos los cargos de elección popular a mitad de su periodo constitucional y un sinfín de derechos más. Ciertamente, los derechos humanos de carácter social son los menos desarrollados en este texto, aunque contiene algunos esbozos al respecto. Esta enumeración se cierra por la garantía de que el legislador no podrá dictar leyes que afecten el núcleo fundamental o la esencia de estos derechos.
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=== Poder público ===
En el título IV (art. 136 a 185), se establece el aumento de los poderes públicos nacionales de 3 a 5 poderes independientes: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Pero se conserva el orden jurídico del poder público en nacional, estadal y municipal. Además determina las competencias del poder nacional, la organización, funcionamiento y competencias del poder estadal, el poder municipal y todo lo relativo al Consejo Federal de Gobierno.
 
 
El título V (art. 186 a 298), establece una Asamblea Nacional unicameral, elimina el Senado de la República y el cargo de [[Senador vitalicio]], estableciendo la forma de elección de los miembros de los mismos y sus números, los requisitos e inhabilidades para desempeñar el cargo, las atribuciones exclusivas, el funcionamiento de la Asamblea, las materias de ley y la formación de las mismas.
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=== Disposiciones Finales ===
{{cita|Única. Esta Constitución entrará en vigencia el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela, después de su aprobación por el pueblo mediante referendo.
 
Aprobada por el pueblo de Venezuela, mediante referendo constituyente, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, y proclamada por la Asamblea Nacional Constituyente en Caracas, a los veinte días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. Año 189° de la Independencia y 140° de la Federación.}}
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== Véase también ==
* [[Constitución de Venezuela de 1961]]
 
 
== Enlaces externos y referencias ==