Diferencia entre revisiones de «Derecho administrativo»

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El '''derecho administrativo''' (del [[latín]] ''ad'' "junto a", y ''ministrare'', "manejar las cosas comunes") es aquella rama del [[derecho público]] que regula la Administración pública, la [[función administrativa]] y la relación entre los [[Persona|particulares]] y el [[Estado|aparato público]]. Además, es el conjunto de [[norma]]scasos jurídicasreales que regula la organización, el funcionamiento y los poderes y deberes de la Administración pública en sus relaciones con otros sujetos.
 
En otras palabras, el derecho administrativo es aquel que regulaorganiza la organización y el funcionamiento de las Administraciones públicas. Por extensión, suele ser también aplicable a la actuación materialmente administrativa de los demás poderes del Estado y de todo esos entes del sector público. Y todo ello, desde la doble perspectiva de procurar la eficacia de las Administraciones pero también garantizar los derechos de los particulares en sus relaciones con ellas.
 
Tradicionalmente, se ha entendido que [[administración]] es una subfunción del desarrollo [[humano]] del [[mundo]] encargada del buen funcionamiento de los [[servicio público|servicios públicos]] encargados de mantener el bienestar, la [[seguridad]] y de entregar a la población diversas labores de diversa índole (económicas, [[educación|educativas]], sociales, etc).