Diferencia entre revisiones de «Servidumbre (Derecho)»

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* '''Positivas''' o '''negativas''': Se llama positiva la servidumbre que impone al dueño del [[predio]] sirviente la obligación de dejar hacer alguna cosa o de hacerla por sí mismo, y negativa la que prohíbe al dueño del predio sirviente hacer algo que le seria lícito sin la servidumbre.
* '''Legales''' o '''voluntarias''': Las servidumbres pueden establecerse por la [[ley]] (u otras normas del [[ordenamiento jurídico]]) o por la [[voluntad]] de los propietarios.
 
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=== Serventía ===
La Ley de Derecho Civil de [[Galicia]] recoge la figura de la serventía y la regula en los Art. 76 a 81. Es una figura jurídica que antes de la Ley de Derecho Civil de Galicia ya tenía una gran importancia consuetudinaria. El Art. 76 la define como: