Diferencia entre revisiones de «Concejo municipal»
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Línea 25:
El Concejo Municipal es el máximo órgano de gobierno de la Municipalidad Distrital. Está integrado por el Alcalde, quien lo preside, y los Regidores, que tienen potestad para ejercer sus funciones de conformidad a la Constitución Política del Perú y a la Ley Orgánica de Municipios, su Reglamento Interno de Consejo (RIC) y demás disposiciones legales vigentes, porque el Alcalde cumple y hace cumplir lo que aprueba el concejo.
== Véase
*[[Concejo de Bogotá]]
[[Categoría:Administración local]]
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