Diferencia entre revisiones de «Moción de censura»

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Según el artículo 113 de la [[Constitución Españolaespañola de 197jhhjkjj81978|ConstitjhuciónConstitución EspañolhujjjjjhjjyjjaEspañola]], el [[CongrevvjsoCongreso de los Diputados]] puede exigir la responsabilidad política al [[Gobierno]] por la vía de la adopción, por [[mayoría absoluta]], de la moción de censura, que tiene que ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados, y ha de incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno. Entre la presentación de la moción de censura y su votación tienen que pasar al menos cinco días. Dentro de los dos primeros días se pueden presentar mociones alternativas. En el caso de no aprobarse, quienes la hayan propuesto no podrán presentar otra dentro del mismo periodo de sesiones. Sin embargo, si el Congreso aprueba la moción de censura, el Gobierno presentará su dimisión al [[Rey de España|Rey]], que nombrará presidente al candidato incluido en la moción.
 
En España la moción de censura es constructiva y continuista. No se puede incoar el procedimiento en determinados momentos, como por ejemplo dentro del plazo en el que haya sido convocada una cita electoral.