Diferencia entre revisiones de «Ley orgánica»

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m Adición articulo 133 de la constitucion ecuatoriana.
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Línea 28:
* El ordenamiento territorial (Artículo 297 constitucional).
Estas leyes requerirán para su aprobación la mayoría absoluta, es decir, la mitad más uno de los miembros, cabe mencionar que el control que hace la Corte Constitucional debe ser por demanda ciudadana.
 
=== Ecuador ===
En la Constitución [[Ecuador|ecuatoriana]], la tipicidad de ley orgánica viene establecida desde la carta magna de 1998 (artículo 142), plasmandose sus mismos contendios en la [[Constitución de Ecuador de 2008|Constitución de Montecristi del 2008]]. El Artículo 133 menciona literamente que las leyes serán orgánicas y ordinarias. Las leyes orgánicas son:
 
1. Las que regulen la organización y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitución.
 
2. Las que regulen el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.
 
3. Las que regulen la organización, competencias, facultades y funcionamiento de los gobiernos autónomos descentralizados.
 
4. Las relativas al régimen de partidos políticos y al sistema electoral.
 
"La expedición, reforma, derogación e interpretación con carácter generalmente obligatorio de las leyes orgánicas requerirán mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional. Las demás serán leyes ordinarias, que no podrán modificar ni prevalecer sobre una ley orgánica."
 
=== España ===