Diferencia entre revisiones de «Estado del bienestar»

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que trajo el desempleo y la miseria a millones, fueron fundamentales en el cambio al estado de bienestar en muchos países. Durante la Gran Depresión, el estado de bienestar fue visto como un "camino intermedio" entre los extremos del [[comunismo]] de la izquierda y el ''[[laissez-faire]]'' del [[capitalismo]] de la derecha.<ref>"Welfare State", O'Hara, Phillip Anthony, editor, ''Encyclopedia of political economy'' (Routledge 1999), p. 1245</ref>
 
De acuerdo a [[Claus Offe]], es uno de los dos factores ―junto a la existencia de [[partidos políticos]] masivos y en competencia― que hace posible la existencia del [[capitalismo democrático]] o «Estado de [[economía mixta]]».<ref>Offe, Claus (1990): [http://www.croquetadigital.com.ar/index.php?Itemid=60&id=554&option=com_content&task=view «Democracia competitiva de partidos y Estado de bienestar keynesiano»] {{Wayback|url=http://www.croquetadigital.com.ar/index.php?Itemid=60&id=554&option=com_content&task=view |date=20121114023443 }}, artículo publicado con el título «La democracia competitiva y las limitaciones históricas del Estado de bienestar keynesiano» en el libro ''Parlamento y democracia'' (pág.&nbsp;47). Fundación Pablo Iglesias, 1982. Este texto también aparece como el capítulo&nbsp;8 en el libro ''Contradicciones en el Estado de bienestar'', de Claus Offe (1940-). Madrid: Alianza Editorial, 1990.
{{cita|En las siguientes líneas plantearé que la continuada compatibilidad entre el capitalismo y la democracia, que resultaba tan inconcebible para el liberalismo y para el marxismo clásicos (incluyendo a Kautsky y la Segunda Internacional), surgió históricamente a causa de la aparición y el gradual desarrollo de dos principios mediadores: a) los partidos políticos de masas y la competencia entre partidos, y b) el Estado del bienestar keynesiano (EBK). Cada uno de estos principios mediadores tomó forma en gran parte en Europa durante o en las postrimerías de las dos guerras mundiales: la democracia, a través de la competencia entre partidos, tras la [[Primera Guerra Mundial]], y el Estado del bienestar keynesiano, tras la [[Segunda Guerra Mundial]].|Claus Offe}}</ref>
 
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Algunas autoridades<ref>Por ejemplo, Johannes R. B. Rittershausen: [http://ideas.repec.org/p/kln/iwpdip/dp01-07.html «The Postwar West German Economic Transition: From Ordoliberalism to Keynesianism»] (en inglés).</ref>
argumentan que tales desarrollos se efectuaron bajo la propuesta general del [[keynesianismo]]. Otras<ref>Por ejemplo: Christopher S. Allen: [http://csallen.myweb.uga.edu/allen_moss.pdf «Ordo-liberalism trumps Keynesianism: Economic Policy in the Federal Republic of Germany and the E.U.»] {{Wayback|url=http://csallen.myweb.uga.edu/allen_moss.pdf |date=20070110141657 }} (en inglés)</ref>
aducen que fue bajo las propuestas generales del [[ordoliberalismo]] (ver [[Estado Social]]). Sin embargo. la mayoría de los estudiosos del tema sugieren que hay una similaridad básica entre estas visiones y aun otras, tales como las del [[dirigismo]] propuesto en Francia en ese período<ref>Por ejemplo: Agnes Labrousse y Jean-Daniel Weisz (editores): ''Institutional Economics in France and Germany: German Ordoliberalism versus the French Regulation School'' (en inglés). Springer (Studies in Economic Ethics and Philosophy), diciembre de 2000. ISBN 3-540-67855-7; ISBN 978-3-540-67855-7</ref>
etc. (ver también: [[Economía del bienestar]]).
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{{cita|La respuesta conservadora es que el debate acerca de si debería haber un Estado del bienestar ha terminado. El debate apropiado a estos días debería ser acerca de las modalidades a través de las cuales las «ayudas recibidas por derecho» (entitlements) son entregadas. Las modalidades importan, porque algunas promueven y otras no los atributos y actitudes ―mirar al futuro, independencia, responsabilidad por la vida saludable― indispensables para una vida digna en una sociedad económicamente vibrante que un Estado del bienestar devorador de ingresos necesita en una época de población que envejece.|George Will<ref>George Will: [http://www.realclearpolitics.com/articles/2007/05/conservatism_realistic_about_g.html «The Case for Conservatism».]</ref>}}
 
Conviene recordar que la visión conservadora del Estado es que ese existe para satisfacer las necesidades humanas (desde el punto de vista liberal es promover la libertad ciudadana) y como tal los conservadores aceptan el Estado del bienestar<ref>New Mexico State University: [http://www.nmsu.edu/~govdept/faculty/Baker/spring06/Ideologies-conservative.ppt Conservative Ideology] {{Wayback|url=http://www.nmsu.edu/~govdept/faculty/Baker/spring06/Ideologies-conservative.ppt |date=20070205235929 }}</ref>
(ver también [[Alfred Müller-Armack]]).
 
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En la actualidad, la mayoría de esos argumentos se basan en la sugerencia [[John Rawls|rawlasiana]] de la [[Justicia como equidad (idea)|Justicia como equidad]].
 
Para otros, tal derecho no existe como tal, sino que más bien hay un deber<ref>Así, por ejemplo, Leopoldo Vizcarra Ramírez sugiere: “Partiendo de que todos tenemos deberes que cumplir, de lo cual se derivarán los derechos”, en {{Enlace roto|1=[http://www.joc.es/modules/news/article.php?storyid=250 Otras Noticias: El Deber Social y Político)(documento pastoral chileno)] |2=http://www.joc.es/modules/news/article.php?storyid=250 |bot=InternetArchiveBot }}</ref><ref>“[[Hugo Chávez]] mencionó la conciencia del deber social y la propiedad social de los medios de producción como los dos elementos fundamentales del socialismo". en [http://www.abn.info.ve/noticia.php?articulo=171775&lee=4 La conciencia del deber social y la propiedad social son elementos básicos del socialismo]</ref>
ya sea del Estado, la sociedad o sus miembros ―la llamada [[responsabilidad social]]―<ref>Por ejemplo, siguiendo a [[Aristóteles]], [[Tomás de Aquino]] describía a la sociedad como un cambio mutuo de servicios encaminados a la vida buena o bien común basado en la razón que impone ciertas obligaciones: “El derecho es una ordenanza de la razón, establecida para el bien común por quien tiene a su cargo la comunidad y promulgada”. Para un análisis más detallado al respecto, ver José Trías Monge [http://books.google.com/books?id=dqF9N_eR1MQC&pg=PA281&lpg=PA281&dq=Tomás+de+Aquino+%2B+deber+social&source=bl&ots=B1R-qd1e07&sig=h2g0Q0bNCwyqOaxnGr53ghosY2Q&hl=en&ei=u5_MSozPIo2e4QaJvdGGBg&sa=X&oi=book_result&ct=result&resnum=1#v=onepage&q=Tomás%20de%20Aquino&f=false Teoría de adjudicación]. Siguiendo esta interpretación, Luis Ugalde sugiere: “Uno de los problemas de fondo es que el Estado del bienestar antes de un derecho humano tiene que ser una posibilidad real de producción. Si se decreta como derecho y no se construye como producción real, se vuelve insostenible y conflictivo. Dicho de otra manera: No es posible el disfrute efectivo de derechos humanos si el “bienestar” no es precedido del “bienhacer” propio. Naturalmente para que hoy las personas, los pueblos y las naciones tengan verdadero bienhacer en la producción de su bienestar, es necesaria la solidaridad de otros para crear oportunidades y ello requiere una visión de ciudadanía universal con obligaciones mutuas y vasos comunicantes. Lo que obviamente no se puede lograr con el neoliberalismo”; en {{Enlace roto|1=[http://docs.google.com/gview?a=v&q=cache:C11bk9hb85QJ:www.uia.mx/web/files/comunicados/1008_45.pdf+se+entiende+por+estado+del+bienestar&hl=en&sig=AFQjCNG-q6l-_JX81CzxKDy7tB1gdoh9KA «Globalización, estado de bienestar y neoliberalismo».] |2=http://docs.google.com/gview?a=v&q=cache%3AC11bk9hb85QJ%3Awww.uia.mx%2Fweb%2Ffiles%2Fcomunicados%2F1008_45.pdf+se+entiende+por+estado+del+bienestar&hl=en&sig=AFQjCNG-q6l-_JX81CzxKDy7tB1gdoh9KA |bot=InternetArchiveBot }}</ref>
que puede o no concebirse como emanada o fundada ya sea en el concepto de [[bien común]].<ref>Para una descripción general de la problemática de esta visión, ver Dorando J. Michelini: {{Enlace roto|1=[http://www.scielo.org.ar/scielo.phpscript=sci_arttext&pid=S1666-485X2007000100002 Bien común y ética pública. Alcances y límites del concepto tradicional de bien común] |2=http://www.scielo.org.ar/scielo.phpscript%3Dsci_arttext%26pid%3DS1666-485X2007000100002 |bot=InternetArchiveBot }}.</ref>
o en la [[responsabilidad moral]]<ref>Generalmente basado en alguna concepción religiosa o filosófica de [[Virtud]]. Ver, por ejemplo: [[Justicia (virtud)]]; [[Caridad (virtud)]]; [[Filantropía]]; [[Zakat]]; [[Altruismo]], etc</ref>
o en el concepto legal de [[obligación conjunta]] derivada de un hipotético [[contrato social]].<ref>Por ejemplo, en el contrato social de Rousseau se incluye una cláusula que contiene la delegación absoluta de todos los derechos del individuo en favor de la sociedad. Con posterioridad a esto, cualquier derecho que un individuo tenga es uno concedido por la voluntad general. Ver: Julio Luis Martínez Martínez: [http://books.google.com/books?id=mxD8Nd3yk6wC&pg=PA360&lpg=PA360&dq=Rousseau+y+consenso&source=bl&ots=XW0u-py9uC&sig=sNsB0dLziVouOeG_CZeh7NeqUVU&hl=en&ei=Y_ZmStqOF-OgjAf7stiVAQ&sa=X&oi=book_result&ct=result&resnum=5 "Consenso público" y moral social] 2.2 Ante Rousseau y la "religión" civil. Por otra parte, la voluntad publica común se enlaza, en la concepción legal moderna, a los derechos, por ejemplo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos concluye que “El requisito según el cual las leyes han de ser dictadas por razones de interés general significa que deben haber sido adoptadas en función del «bien común» (art. 32.2), concepto que ha de interpretarse como elemento integrante del orden público del Estado democrático, cuyo fin principal es «la protección de los derechos esenciales del hombre y la creación de circunstancias que le permitan progresar espiritual y materialmente y alcanzar la felicidad» (''Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre'' [en adelante: ''Declaración Americana''), Considerandos, párrafo&nbsp;1). (Opinión Consultiva 6/86; 9 de mayo de 1986).” en [http://www.derechos.net/doc/cidh/bien.html Resúmenes de las Jurisprudencia del Sistema Americano de Protección a los Derechos Humanos]</ref>
Línea 381:
* [[Vicenç Navarro López|Navarro López, Vicenç]]: (2010) [http://www.vnavarro.org/?p=5157 «El dogma neoliberal y las pensiones».]
* Navarro López, Vicenç (2010): [http://www.vnavarro.org/?p=5042 «Otras políticas financieras son posibles».]
* [[Philip Pettit|Pettit, Philip]]: [httphttps://web.archive.org/web/20121114042018/http://pymesostenible.es/2011/04/09/pettit-los-conservadores-tratan-de-desprestigiar-y-desmontar-el-estado-del-bienestar/ Pettit: «Los conservadores tratan de desprestigiar y desmontar el Estado del bienestar»]
* [[Amartya Sen|Sen, Amartya]]: [http://www.lafactoriaweb.com/articulos/amartya.htm# «El futuro de Estado del bienestar».]