Diferencia entre revisiones de «Derechos constitucionales»

Contenido eliminado Contenido añadido
Sin resumen de edición
SeroBOT (discusión · contribs.)
m Revertidos los cambios de 189.215.228.79 (disc.) a la última edición de 190.153.254.240
Etiqueta: Reversión
Línea 1:
{{referencias adicionales|t=20140422174157}}
{{Distinguir|Derecho constitucional}}
{{Redirige|Garantías constitucionales|codigo civilConstitución}}
Los '''derechos constitucionales ''' son aquellos incluidos en la norma constitutiva y organizativa de un estado generalmente denominada [[Constitución]] que se consideran como esenciales en el [[sistema político]] y que están especialmente vinculados a la [[dignidad humana]]. Es decir, son aquellos derechos que disfrutan de un estatus especial en cuanto a garantías (de tutela y reforma) dentro del [[ordenamiento jurídico]]. Es conocido el planteamiento filosófico-antropológico según el cual donde nace una necesidad surge un derecho; este planteamiento tan lógico aparece por primera vez en "[[La República]]" de [[Platón]]. Los derechos constitucionales se clasifican en derechos fundamentales o de primera generación, [[derechos económicos, sociales y culturales]] o de segunda generación y derechos a un medio ambiente sano o de tercera generación.{{sin referencias}} Podemos encontrarlos en la parte Dogmática de la Constitución argentina, desde el artículo 1 hasta el 86.