Diferencia entre revisiones de «Secretaría de Bienestar»
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{{Ficha de organismo oficial
|nombre =
|nombre_original = Secretaría de
|nombre_oficial = Secretaría de
|nombre_cooficial =
|acrónimo = SEDESOL
Línea 18:
|tipo = Secretaría de Estado
|creado ={{fecha|26|5|1992}}<br/>([[1958]] como ''Secretaría de Obras Públicas Generales'')
|predecesora = Secretaría de Desarrollo
|disuelto =
|sucesora =
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}}
La '''Secretaría de
Es la encargada de diseñar, planear, ejecutar y coordinar las políticas públicas en materia de bienestar social y calidad de vida. Lo anterior incluye la realización de programas sociales que combatan la marginación, atendiendo las principales causas de la misma; instrumentar proyectos de inclusión para grupos vulnerables (niños, adolescentes, tercera edad y discapacitados); convenir con los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) las adecuaciones a programas sociales y la solución de necesidades específicas, mismas de las que será responsable de evaluar; vigilar, en coordinación con la Secretaría de Hacienda, el uso de recursos públicos para programas sociales; operar y dirigir el [[Programa Prospera]]; fomentar el desarrollo económico a partir del sector social; fomentar las sociedades cooperativas y demás formas de organización colectiva que impulsen el desarrollo de zonas marginadas.<ref>{{cita web |título=Artículos 32 de la Ley de Orgánica de la Administración Pública Federal |url=http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/153_150618.pdf|fechaacceso= 22 de septiembre de 2018 |fecha= 29 de diciembre de 1976 |cita= Edición actualizada con las reformas vigentes publicadas al 15 de junio de 2018}}</ref>
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