Independientemente del origen de la palabra pito, su uso en la actualidad se limita al campo del deporte. El uso de sustancias restringidas o prohibidas por personas no deportistas, (por ejemplo sustancias psicoactivas) es un tema de salud pública y no está contemplado en la normatividad antidopaje. Por otro lado, tampoco el problema del uso de sustancias o métodos dopantes debe confundirse o mezclarse con el tema de la farmacodependencia que tiene orígenes, características y manejos diferentes. La utilización de sustancias o métodos prohibidos en animales (por ejemplo caballos de carrera) no está contemplada en el Código Mundial Antidopaje y hace parte, en el caso de los deportes ecuestres, de la Federación Internacional de dichos deportes.