Diferencia entre revisiones de «Secretaría General Técnica del Ministerio de Fomento»
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|presupuesto =
|titular_tipo = Secretario General Técnico
|titular_nom = Angélica Martínez Ortega<ref>{{Cita web|url=https://www.fomento.gob.es/el-ministerio/biografia-de-altos-cargos/angelica-martinez-ortega|título=Angélica Martínez Ortega {{!}} Ministerio de Fomento|fechaacceso=1 de abril de 2019
|composición =
|dependiente_de= [[Subsecretaría de Fomento]]
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El origen de la secretaría general técnica del Ministerio se remonta a abril de [[1957]], cuando en el [[Ministerio de Obras Públicas (España)|Ministerio de Obras Públicas]] se creó este organismo con el objetivo de dar «asistencia y asesoramiento técnico que permita lograr el adecuado desenvolvimiento de los planes de actuación de dicho Ministerio, facilitando la labor de su titular y coordinando las actividades de los distintos Servicios a su cargo».<ref>{{Cita web|url=https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1957/102/A00100-00100.pdf|título=Decreto de 5 de abril de 1957 por el que se crea la Secretaría General Técnica del Ministerio de Obras Públicas.}}</ref> Estaba compuesta por los gabinetes de Asuntos Generales y Disposiciones, de Planificación, Organización y Coordinación, de Relaciones Internacionales y de Estadística y Publicaciones, además de una asesoría técnico-económica.<ref>{{Cita web|url=https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1957/253/A00930-00932.pdf|título=Decreto de 13 de septiembre de 1957 por el que se reorganiza la Secretaría General Técnica del Ministerio de Obras Públicas.}}</ref>
Casi una década después, en [[1965]], se crearon dos vicesecretarías generales técnicas para sustituir cuando fuere necesario al titular del órgano; dirigir y vigilar los trabajos que se realicen en el ámbito de competencia de la Secretaria General Técnica, y despachar cuantos asuntos les encomiendase el secretario general técnico.<ref>{{Cita web|url=https://boe.es/boe/dias/1965/10/22/pdfs/A14303-14303.pdf|título=Decreto 3059/1965, de 9 de octubre, por el que se reorganiza la Secretaría General Técnica del Ministerio de Obras Públicas.|fechaacceso=1 de abril de 2019
En [[1973]] se fusionaron las vicesecretarías dando lugar a una única de carácter genérico que asumía las competencias de las dos extintas. Además, desaparecieron o se subordinaron los gabinetes y se crearon dos subdirecciones generales: de Programación Económica, y de Legislación e Informes.<ref>{{Cita web|url=https://boe.es/boe/dias/1973/10/17/pdfs/A20044-20045.pdf|título=Decreto 2529/1973, de 17 de agosto, por el que se modifica el Decreto 2682/1971, de 4 de noviembre, sobre reorganización del Ministerio de Obras Públicas.|fechaacceso=1 de abril de 2019
En julio de [[1985]]<ref>{{Cita web|url=https://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1985-19549|título=Real Decreto 1654/1985, de 3 de julio, por el que se determina la estructura orgánica básica del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, y se suprimen determinados Organismos autónomos del referido Departamento.|fechaacceso=1 de abril de 2019
El cambio de denominación del [[Ministerio de Fomento]] en [[1996]] no supuso un cambio de estructura, que la mantuvo prácticamente intacta hasta [[2009]]. Este año se redujo su estructura a tres subdirecciones generales, el centro de publicaciones y una división (existente desde [[2004]]). En enero de [[2011]] se estableció la estructura actual.
== Estructura y funciones ==
La Secretaría General Técnica, como órgano directivo de la subsecretaría, posee su propia estructura orgánica a través de la cual desempeña las competencias que le otorga el ordenamiento jurídico. Estos órganos son:<ref>{{Cita web|url=https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2018-10756|título=Real Decreto 953/2018, de 27 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento.|fechaacceso=1 de abril de 2019
* La '''Vicesecretaría General Técnica''', a la que corresponde el ejercicio de las funciones sobre asistencia al ministro y al subsecretario en orden a la coordinación de los servicios; la realización de informes y propuestas de los asuntos que hayan de ser sometidos a los órganos colegiados del [[Gobierno de España|Gobierno]], sin perjuicio de las competencias atribuidas a la [[Dirección General de Programación Económica y Presupuestos]] en relación con la [[Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos]]; la tramitación de los proyectos de Convenios y Acuerdos internacionales; el seguimiento de los actos y disposiciones de las [[comunidades autónomas]] y la coordinación administrativa de las actuaciones en materia de traspasos de las funciones y servicios a las comunidades autónomas, en colaboración con los órganos superiores y los demás directivos del Departamento, y el análisis y tramitación de los convenios que suscriba el [[Ministerio de Fomento]].
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* El '''Centro de Publicaciones''', al que corresponde coordinar de la actividad editorial y difusora de las publicaciones del Ministerio, así como la comercialización de las mismas y el seguimiento del cumplimiento de la legislación vigente en esta materia.
== Referencias ==
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