Diferencia entre revisiones de «Patria potestad»

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Patria potestad en el Perú
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{{Globalizar|Ecuador}}
 
====== La '''patria potestad''', según con el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia del mundo, se entiende como los derechos y obligaciones que tienen los padres sobre sus hijos no emancipados, todo lo que haga referencia con el cuidado del niño para su óptimo desarrollo. Es decir que todas la acciones que realice el niño o adolescente, en tal caso menor, será responsabilidad de sus padres o tutores reconocidos. ======
 
Estas obligaciones tienen que ver básicamente con la educación, alimentación, vestimenta, salud, recreación del menor, acompañado del desarrollo integral y la defensa de derechos y garantías de los hijos de conformidad con la constitución y la ley, ya que las anteriormente nombradas protegen los derechos de cada uno de los ciudadanos y con mayores severidad la de los menores de edad.
 
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Estas características fueron suavizándose a través del tiempo especialmente con el advenimiento del cristianismo.<ref>BAQUEIRO ROJAS, Edgard., BUENROSTRO BÁEZ, Rosalía. Derecho de Familia y Sucesiones, Ed. Harla, México. 1990. Pág. 225 </ref>
 
= Patria potestad en el Perú =
En el Perú , hoy en día se da mas ventaja a las mujeres por el echo de ser madres,La patria potestad ha de ejercerse siempre en '''beneficio''' de los hijos y entre los '''deberes''' de los padres se encuentra la obligación de estar con ellos, cuidarlos, protegerlos, alimentarlos, educarlos, procurarles una formación integral, representarlos legalmente y administrar sus bienes.<ref>{{Cita web|url=http://iabogado.com/guia-legal/familia/la-patria-potestad|título=La patria potestad|fechaacceso=2019-05-11|sitioweb=iAbogado}}</ref> La patria potestad entendida como el conjunto de derechos y obligaciones que corresponden a los padres en relación con sus hijos adquiere así características de verdadera función social de protección, formación y promoción del menor. Por ello la patria potestad no es una mera creación de la ley positiva; es el reconocimiento de derechos y obligaciones impuestos por la ley de la naturaleza y que son base del orden domestico y social. La patria potestad en realidad es una institución establecida principalmente a favor de los hijos y que mira al buen orden de la familia y de la sociedad en general.La patria potestad entendida como el conjunto de derechos y obligaciones que corresponden a los padres en relación con sus hijos adquiere así características de verdadera función social de protección, formación y promoción del menor. Por ello la patria potestad no es una mera creación de la ley positiva; es el reconocimiento de derechos y obligaciones impuestos por la ley de la naturaleza y que son base del orden domestico y social. La patria potestad en realidad es una institución establecida principalmente a favor de los hijos y que mira al buen orden de la familia y de la sociedad en general.<ref>{{Cita web|url=http://patriapotestaperuano-derechocivil.blogspot.com/2010/10/blog-post.html|título=PATRIA POTESTAD - DERECHO FAMILIAR PERUANO|fechaacceso=2019-05-11|apellido=MARIELA|nombre=Publicado por|idioma=es}}</ref>Pero que dice el código civil respecto a la patria potestad en el Perú :
 
'''Artículo 418.- Noción de Patria Potestad'''
Por la patria potestad los padres tienen el deber y el derecho de cuidar de la persona y bienes de sus hijos menores.<ref>{{Cita web|url=https://derechoperu.wordpress.com/2009/08/22/codigo-civil-peru-libro-iii-derecho-de-familia-patria-potestad/|título=Código Civil Perú Libro III Derecho de Familia PATRIA POTESTAD|fechaacceso=2019-05-11|apellido=derechoperu|fecha=2009-08-22|sitioweb=DERECHO PERU Alan Emilio Matos Barzola|idioma=es-ES}}</ref>
'''Artículo 419.- Ejercicio conjunto de la patria potestad'''
 
La patria potestad se ejerce conjuntamente por el padre y la madre durante el matrimonio, correspondiendo a ambos la representación legal del hijo.<ref>{{Cita web|url=https://derechoperu.wordpress.com/2009/08/22/codigo-civil-peru-libro-iii-derecho-de-familia-patria-potestad/|título=Código Civil Perú Libro III Derecho de Familia PATRIA POTESTAD|fechaacceso=2019-05-11|apellido=derechoperu|fecha=2009-08-22|sitioweb=DERECHO PERU Alan Emilio Matos Barzola|idioma=es-ES}}</ref>
 
'''Artículo 420.- Ejercicio unilateral de la patria potestad'''
 
En caso de separación de cuerpos, de divorcio o de invalidación del matrimonio, la patria potestad se ejerce por el cónyuge a quien se confían los hijos. El otro queda, mientras tanto, suspendido en su ejercicio.<ref>{{Cita web|url=https://derechoperu.wordpress.com/2009/08/22/codigo-civil-peru-libro-iii-derecho-de-familia-patria-potestad/|título=Código Civil Perú Libro III Derecho de Familia PATRIA POTESTAD|fechaacceso=2019-05-11|apellido=derechoperu|fecha=2009-08-22|sitioweb=DERECHO PERU Alan Emilio Matos Barzola|idioma=es-ES}}</ref>
 
'''Artículo 421.- Patria potestad de hijos extra matrimoniales'''
 
La patria potestad sobre los hijos extra matrimoniales se ejerce por el padre o por la madre que los ha reconocido.
 
Si ambos padres han reconocido al hijo, el juez de menores determina a quién corresponde la patria potestad, atendiendo a la edad y sexo del hijo, a la circunstancia de vivir juntos o separados los padres y, en todo caso, a los intereses del menor.
 
Las normas contenidas en este artículo son de aplicación respecto de la madre aunque sea menor de edad. No obstante, el juez puede confiar a un curador la guarda de la persona o de los bienes del hijo, si así lo exige el interés de éste, cuando el padre no tenga la patria potestad.<ref>{{Cita web|url=https://derechoperu.wordpress.com/2009/08/22/codigo-civil-peru-libro-iii-derecho-de-familia-patria-potestad/|título=Código Civil Perú Libro III Derecho de Familia PATRIA POTESTAD|fechaacceso=2019-05-11|apellido=derechoperu|fecha=2009-08-22|sitioweb=DERECHO PERU Alan Emilio Matos Barzola|idioma=es-ES}}</ref>
 
'''Artículo 422.- Relaciones personales con hijos no sujetos a patria potestad'''
 
En todo caso, los padres tienen derecho a conservar con los hijos que no estén bajo su patria potestad las relaciones personales indicadas por las circunstancias.<ref>{{Cita web|url=https://derechoperu.wordpress.com/2009/08/22/codigo-civil-peru-libro-iii-derecho-de-familia-patria-potestad/|título=Código Civil Perú Libro III Derecho de Familia PATRIA POTESTAD|fechaacceso=2019-05-11|apellido=derechoperu|fecha=2009-08-22|sitioweb=DERECHO PERU Alan Emilio Matos Barzola|idioma=es-ES}}</ref>
 
'''Artículo 423.- Deberes y derechos del ejercicio de la patria potestad'''
 
Son deberes y derechos de los padres que ejercen la patria potestad:
 
1.- Proveer al sostenimiento y educación de los hijos.
 
2.- Dirigir el proceso educativo de los hijos y su capacitación para el trabajo conforme a su vocación y aptitudes.
 
3.- Corregir moderadamente a los hijos y, cuando esto no bastare, recurrir a la autoridad judicial solicitando su internamiento en un establecimiento dedicado a la reeducación de menores.
 
4.- Aprovechar de los servicios de sus hijos, atendiendo su edad y condición y sin perjudicar su educación.
 
5.- Tener a los hijos en su compañía y recogerlos del lugar donde estuviesen sin su permiso, recurriendo a la autoridad si es necesario.
 
6.- Representar a los hijos en los actos de la vida civil.
 
7.- Administrar los bienes de sus hijos.
 
8.- Usufructuar los bienes de sus hijos. Tratándose de productos se está a lo dispuesto en el artículo 1004.<ref>{{Cita web|url=https://derechoperu.wordpress.com/2009/08/22/codigo-civil-peru-libro-iii-derecho-de-familia-patria-potestad/|título=Código Civil Perú Libro III Derecho de Familia PATRIA POTESTAD|fechaacceso=2019-05-11|apellido=derechoperu|fecha=2009-08-22|sitioweb=DERECHO PERU Alan Emilio Matos Barzola|idioma=es-ES}}</ref>
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== Sujetos ==
Son sujetos activos de la patria potestad, los ascendientes: padre y madre y, a falta de ambos, los abuelos, en el orden que determine la ley o el juez familiar, atendiendo a la convivencia del menor. Son sujetos pasivos los descendientes, menores de 18 años no emancipados.<ref>BAQUEIRO ROJAS, Edgard., BUENROSTRO BÁEZ, Rosalía. Derecho de Familia y Sucesiones, Ed. Harla, México. 1990. Pág. 227, 228</ref>