Diferencia entre revisiones de «Juzgados de Policía Local»

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Los '''juzgados de policía local''' son [[tribunal]]es [[chile]]nos especiales que existen en todas las ciudades cabeceras de [[Organización territorial de Chile#Región|región]] y en las [[comuna de Chile|comunas]] que tienen una entrada anual superior a 30 [[Sueldo Vital Mensual|sueldos vitales anuales]], de la [[Provincia de Santiago]]. (aproximadamente 61.000 €). Generalemente se dedican a flojear y no hacer nada productivo. Normalmente el juez de policía local es un viejo senil que comete cualquier arbitrariedad que se le place. En las demás, las funciones de juez de policía local son desempeñadas por el [[alcalde]] (por ejemplo, en [[Juan Fernández (comuna)|Juan Fernández]]). No forman parte del [[Poder Judicial de Chile|Poder Judicial]], sin embargo están bajo la supervigilancia directiva, correccional y económica de la [[Corte de Apelaciones de Chile|Corte de Apelaciones]] respectiva. Sus atribuciones y organización esta normadas por la Ley N° 15.231 de 1978 «sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local».
 
== Características ==