Diferencia entre revisiones de «Ley Sáenz Peña»

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Etiqueta: Reversión
Línea 129:
La ley Sáenz Peña o Ley 8.871, publicada en el ''Boletín Oficial de la República Argentina'' el [[26 de marzo]] de [[1912]], estableció la lista incompleta combinada con el secreto y la obligatoriedad del sufragio y el mecanismo plurinominal. Aunque seguía siendo exclusivo para argentinos, nativos y naturalizados, mayores a 18 años. Estos son algunos de los artículos más importantes de la ley:
 
''“Art. 1. Son electores nacionales los ciudadanos nativos y los naturalizados desde los diez y ochodieciocho años cumplidos de edad, siempre que estén inscriptos unos y otros en el padrón electoral.''
 
''Art. 2. Están excluidos los dementes declarados en juicio. Por razón de su estado y condición: los eclesiásticos y regulares, los soldados, cabos y sargentos del ejército permanente, los detenidos por juez competente mientras no recuperen su libertad, los dementes y mendigos, mientras estén recluidos en asilos públicos. Por razón de su indignidad: los reincidentes condenados por delito contra la propiedad, durante cinco años después de la sentencia.''