Diferencia entre revisiones de «Municipio (España)»

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Requerirán en todo caso, audiencia de los municipios interesados y dictamen del [[Consejo de Estado de España|Consejo de Estado]] o del órgano equivalente de la Comunidad Autónoma. La petición se dará a conocer a la [[Administración General del Estado (España)|Administración General del Estado]] (AGE).
 
La creación de nuevos municipios sólosolo podrá realizarse sobre la base de núcleos de población territorialmente diferenciados. Los municipios resultantes deberán contar con recursos suficientes y no podrá suponer una merma en la calidad de los servicios prestados.
 
El Estado y las Comunidadescomunidades Autónomasautónomas podrán fomentar la fusión de municipios con la finalidad de mejorar su gestión.
 
== Véase también ==