Diferencia entre revisiones de «Colonato»

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El '''colonato''' es una forma de explotación de las [[tierras de cultivo]], que constituye una forma de transición entre el sistema [[esclavitud|esclavista]] del [[Imperio romano]], y el sistema [[feudalismo|feudal]] que predominó durante la [[Edad Media]]. El '''colono''' poseía un estatus intermedio entre la [[esclavitud]] y la [[libertad]]: era aquella persona libre que cultivaba una tierra que no le pertenecía y estaba ligado a ella, sin poder abandonarla. Por el hecho de cultivarla pagaba un [[Impuesto|canon]] o [[Renta feudal|renta]] anual, ya fuera en [[dinero]] o en [[pago en especie|especie]].entro.
 
La institución del colonato no pertenece al derecho clásico.holi Conocidaq tal perrosConocida desde el [[siglo III]], se afianzó por la desaparición de la esclavitud, eran libertos que trabajaban las tierras de sus antiguos amos, a cambio de su protección y de una parcela, para su consumo, pagando un alquiler.<ref>{{cita publicación | autor = Lastra Lastra, José Manuel | título = El trabajo en la Historia | año = 2000 | publicación = Anuario Mexicano de Historia del Derecho | volumen = | número = 11-12 | id = ISSN 0188-0837 | url = http://info.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/hisder/cont/11/cnt/cnt7.pdf}}, pág. 199</ref> Surgió probablemente con los primeros emperadores cristianos: sus reglas de funcionamiento fueron establecidas y completadas desde tiempos de [[Constantino I el Grande|Constantino]].<ref>{{cita libro|apellidos=Petit|nombre=Eugéne|editorial=México: Editora Nacional|título=Tratado elemental de Derecho romano|edición=9ª|año=1971}}, pág. 93</ref> Y fue una de las claves en la transición entre el [[modo de producción esclavista]] y el [[modo de producción feudal]], en el que las [[relaciones de producción]] no se producen entre esclavos y propietarios, sino entre [[señor]]es y [[siervo]]s. En el colonato, la definición del [[derecho de propiedad]] es todavía clara, mientras que en el [[feudalismo]], la propiedad es un concepto confuso, puesto que [[siervo]]s y [[señor]]es ([[noble]]s y [[clérigo]]s) comparten algún grado de [[propiedad|dominio]] sobre la tierra ([[dominio útil]], [[dominio eminente]]), siendo la clave que unos tengan la capacidad de explotarla y gestionar la [[producción (economía)|producción]], y los otros la capacidad de extraer el [[excedente]].
 
La persona del colono no estaba sometida al dueño de la tierra: podía casarse y adquirir bienes, pero para enajenarlos necesitaba el consentimiento del propietario, ya que con ellos garantizaba el pago anual que se debía efectuar. Tampoco podía ejercer el colono ningún cargo público.<ref>Lastra Lastra, José Manuel (2000): «El trabajo en la Historia», pág. 200</ref> Por otro lado, cuando el propietario vendía el terreno, este era transferido con todo lo que en el hubiese, incluyendo a los colonos que allí habitaran. La condición del colono era hereditaria y solo podía finalizar mediante una autorización del propio terrateniente o bien por un orden superior.