Diferencia entre revisiones de «Cuestión de confianza»

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Línea 34:
El Presidente de la República puede convocar a sesión extraordinaria del Congreso de la República si el Congreso no está reunido.
 
El Presidente del Consejo de Ministros o el ministro individualmente debe exponer las razones de la solicitud frente al pleno del Parlamento. El Congreso debate sobre lo planteado y finalmente vota. La Cuestión de Confianza se aprueba por [[Mayoríamayoría simple]]; es decir por más síes que noes; siempre y cuando las abstenciones no superen el número de votos a favor o en contra. Según la Constitución Política del Perú, si el Congreso no extiende la Cuestión de Confianza, el ministro queda obligado a renunciar. Si el Congreso no le extiende la confianza al Presidente del Consejo de Ministros, se produce la crisis total del Gabinete
 
Si se censura o niega el voto de confianza a dos gabinetes de un mismo gobierno, el Presidente de la República puede disolver el Congreso. El decreto respectivo deberá incluir una convocatoria a nuevas elecciones congresales dentro de los 4 meses posteriores a la disolución.