Diferencia entre revisiones de «Redhibición»
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'''Redhibición''' es la acción por la que un comprador tiene el derecho de pedir la nulidad de una venta y obligar al vendedor a que vuelva a quedarse con el objeto, si este tiene un ''vicio redhibitorio''. Así, por ejemplo, cuando un animal tiene un [[Vicios ocultos|vicio oculto]] puede pedirse la nulidad del [[contrato]].
Todo vendedor está obligado a la [[evicción]] y [[saneamiento por evicción|saneamiento]] de la cosa que vende y el derecho que el comprador tiene cuando hay falta en cualquiera de estas dos condiciones, es lo que se llama [[garantía]] y a las enfermedades o vicios de que el vendedor debe salir garante, ''vicios'' o ''enfermedades redhibitorias''; esto es, que dan lugar a la [[rescisión]] del contrato o redhibición de la cosa vendida. En el comercio de los animales están muy expuestos los compradores a verse engañados, ya por ignorancia, ya por mala fe de los vendedores, pues el animal que aparenta el mejor estado de salud y la mejor disposición para el trabajo, suele adolecer de resabios, vicios y aun enfermedades, que le inutilizan para el ejercicio a que se le quiere destinar o bien hay riesgo de que muera, por el vicio o dolencia, antes de la época regular, impidiendo prestar debidamente el servicio. Defectos o dolencias que, conocidos, hubieran hecho no comprar al animal o de hacerlo, haber pagado menos por él. Como estos resabios, vicios o enfermedades pueden ocultarse a los ojos
==Referencias==
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