Diferencia entre revisiones de «Libertad individual»

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{{otros usos|Libertades civiles}}
{{otros usos|Derechos humanos}}
En [[filosofía política]] la '''libertad individual''' es equiparable a la [[libertad negativa]]. En [[Derecho político]], su máxima expresión en la [[edad moderna]] han sido los [[derechos individuales]] o derechos de primera generación en el marco del [[principio de legalidad]],<ref>[http://www.slideshare.net/enjportal/libertad-individual-integridad-personal-y-debido-proceso-en-el-derecho-internacional-de-los-derechos-humanos-presentation Libertad individual, integridad personal y debido proceso en el Derecho internacional de los derechos humanos], por Nicolás Espejo</ref> planteados originalmente por el [[liberalismo clásico]].
 
 
 
 
La libertad individual es el valor constitutivo de la persona humana en cuanto tal, fundamento de sus deberes y derechos, conforme al cual cada uno puede decidir autónomamente sobre las cuestiones esenciales de su vida, haciéndose responsable ante la sociedad de las consecuencias de sus decisiones y de los resultados de su propia acción.
 
 
 
Para algunas ideologías y filosofías, especialmente [[libertaria]]s, la libertad individual tendría su origen natural y su fundamento ético en la [[soberanía individual]] o propiedad de un individuo sobre sí mismo.
 
== Véase también ==
* [[Individualismo]]
* [[Autonomía (filosofía y psicología)]]
* [[Libertad colectiva]]
 
== Referencias ==
Derechos individuales es un concepto perteneciente al derecho constitucional, nacido de la concepción liberal que surgió de la Ilustración, que hace referencia a aquellos derechos de los que gozan los individuos como particulares y que no pueden ser restringidos por los gobernantes, siendo por tanto inalienables, inmanentes e imprescriptibles.
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En la clasificación los derechos humanos en tres generaciones, aparecen repartidos entre los de primera y los de segunda generación.
 
 
 
 
El código de vida Pashtunwali, es el código ético no escrito y estilo de vida que practica el pueblo pastún, que sigue vigente desde hace más de 3.000 años, cuando las tribus que empezaron a practicarla eran analfabetas y no podían utilizar instrumentos escritos como libros. Es la primera ley establecida por la humanidad para los derechos del individuo.
 
 
 
 
Clasificaciones
Bien por su evolución histórica o por estar recogidos en dos convenciones internacionales distintas es por lo que se suelen clasificar los derechos individuales (o fundamentales) en dos grandes grupos:
 
derechos de primera generación, como el derecho a la vida, a la integridad personal, a la libertad individual, a la libertad de expresión, a la libertad de reunión, a la igualdad ante la ley, los derechos de propiedad, al libre comercio, a la libertad de movimiento, etc.
derechos de segunda generación, así llamados porque reciben reconocimiento constitucional después de la Primera Guerra Mundial y que se refieren sobre todo a los derechos sociales, como derecho al trabajo, derecho a la salud, derecho a la educación, derecho a la seguridad socialEspaña1​, la libertad de asociación, etc.
 
 
 
Equivalente en el derecho civil continental
El concepto anglosajón de individual rights que ha influenciado el derecho constitucional moderno puede tener tres equivalencias en el derecho continental:
 
{{Control de autoridades}}
derecho fundamental, que se corresponden plenamente a aquellos derechos nacidos de la esencia humana, irrevocables, inalienables e imprescriptibles.
[[Categoría:Individualismo]]
derecho personalísimo, es un concepto propio del derecho civil, que se refiere a aquellos derechos que son inalienables e imprescriptibles, que solo admiten el goce por parte de su titular, pero que no se refieren necesariamente a derechos civiles, políticos o económicos de una persona. El derecho de uso y habitación, propio del derecho civil, es por ejemplo un derecho personalísimo.
[[Categoría:Filosofía política]]
derecho subjetivo, es la atribución de una pretensión a una persona determinada, la adjudicación de un crédito, o sea una obligación jurídica de hacer o no hacer, vr gr. pagar el precio, constituye una obligación para el comprador, y obtener el precio, el derecho subjetivo equivalente.
[[Categoría:Terminología política]]
Enfoque objetivista
[[Categoría:Autonomía]]
Ayn Rand, filósofa del objetivismo, aduce que un grupo, como tal, no tiene derechos. El hombre no puede adquirir nuevos derechos uniéndose a un grupo ni perder los derechos que posee. El principio de los derechos individuales es la única base moral de todos los grupos o asociaciones. Ella sostenía que puesto que solo un hombre como individuo puede poseer derechos, la expresión "derechos del individuo" es una redundancia (la cual uno debe usar para el propósito de clarificación en el caos intelectual de hoy en día), pero la expresión "derechos del colectivo" es una contradicción en términos. Los derechos individuales no están sujetos a un voto público; una mayoría no tiene derecho a cancelar por voto los derechos de una minoría; la función política de los derechos es precisamente el proteger minorías de la opresión de las mayorías (y la minoría más pequeña es el individuo).2​
[[Categoría:Temas en la ética]]