Diferencia entre revisiones de «Título nobiliario»

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Los privilegios otorgados por la nobleza son hoy casi exclusivamente [[Protocolo (sociedad)|protocolares]], e incluso en España deben abonarse derechos para la sucesión hereditaria de un título. En España habría hoy unos 2.850 'títulos nobiliarios', pero durante la [[Edad Media]] constituyeron la base del [[feudalismo|sistema feudal]], que tuvo diversas organizaciones y uso del poder en unos y otros países y regiones, y aún dentro de un mismo país, organizando la posesión de la tierra y las relaciones de [[vasallaje]]. A título comparativo, y según declaraciones de uno de sus miembros, el total de propiedades de la [[Casa de Alba]] hacia el año 2008 era de 24{{esd}}000 hectáreas. Hoy sobreviven únicamente en los países de régimen [[monarquía|monárquico]]: [[Bélgica]], [[Dinamarca]], [[España]], [[Liechtenstein]], [[Luxemburgo]], [[Mónaco]], [[Países Bajos]], [[Reino Unido]] o [[Suecia]] y de forma marginal en [[Noruega]]; en algunas repúblicas como [[Alemania]] los títulos han pasado a formar parte del apellido. La [[Santa Sede]] otorgaba títulos nobiliarios pontificios, pero tras el [[Concilio Vaticano II]] esta práctica ha caído en desuso.
 
En [[Portugal]] el Reino de Portugal fue abolido en [[1910]] tras la [[Revolución del 5 de octubre de 1910|Revolución del 5 de octubre]] y la proclamación de la [[Primera República Portuguesa|I República]], sin embargo, el decreto del 15 de octubre de 1910 en su artículo cuarto permite el uso de títulos nobiliarios de forma implícita bajo la cláusula de "''de juro e herdade''"

así como el ''Tratado de Direito Civil'' de 1929 en su volumen I permite el uso de los títulos nobiliarios como ''complemento de la identificación de los individuos''.<ref>{{Cita web|url=http://www.dgsi.pt/jstj.nsf/954f0ce6ad9dd8b980256b5f003fa814/9335c60e32d83d1e80257cdd005204fa?OpenDocument|título=Acórdão do Supremo Tribunal de Justiça|fechaacceso=3 de febrero de 2018|sitioweb=www.dgsi.pt}}</ref>
 
Los títulos nobiliarios tienen, en su mayor parte, carácter hereditario. La sucesión recae en el hijo o hija primogénito del anterior poseedor y su uso se extiende a los consortes legítimos y a los cónyuges viudos mientras no contraigan nuevas nupcias.
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==== El Salvador ====
En el Estado salvadoreño, oficialmente, no se reconoce ningún título nobiliario desde [[1824]], cuando se promulgó la primera constitución salvadoreña, en el marco de la constitución federal de la desaparecida [[República Federal de Centro América]], de la cual formó parte. En la actualidad, la [[Constitución de la República de El Salvador de 1983|constitución vigente]], en su artículo 3.°, se desconoce todo tipo de privilegio, título o empleo hereditario.
 
 
 
==== México ====