Diferencia entre revisiones de «Agencia estatal (España)»
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La '''agencia estatal''' es un tipo de [[organismo público]] de la [[Administración Pública de España]] dotado de personalidad jurídico-pública propia. Fueron creadas por
Las Agencias gozan de [[potestad administrativa]] y [[patrimonio]] propio, siguiendo los principios de [[autonomía]] de gestión, autonomía funcional, [[responsabilidad]] por su gestión, y [[control]] de resultados<ref>Art. 2.1 LAE</ref>sin perjuicio de su [[dependencia]] respecto a un [[Ministerio de España|Departamento Ministerial]], que ejerce su dirección estratégica y evaluación de su actividad.<ref>Art. 43.2 LOFAGE</ref> Permite incorporar a la [[Administración General del Estado]] una fórmula organizativa dotada de mayor autonomía y de flexibilidad en la gestión.
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