Diferencia entre revisiones de «Ministro plenipotenciario»

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Un '''ministro plenipotenciario''' es un representante acreditado de un estado extranjero en otro país, no disfruta del rango de [[embajador]], categoría inmediatamente superior, junto con [[nuncio]] y [[Legado apostólico|legado]], según el derecho internacional moderno.<ref>DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA, Vigésima segunda edición</ref>
 
La [[Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas|convención de Viena]] de 1961, en su artículo 14 dice así:
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== Historia y evolución ==
Históricamente, los altos diplomáticos en misión en un estado extranjero disfrutaban del título de "ministro". Debido a la lentas comunicaciones, estos representantes disfrutaban de "plenos poderes" (en latin[[idioma latín|latín]] plenus et potentia).
En la antigüedad, solo las grandes potencias establecían misiones diplomáticas estables, únicamente se intercambiaban misiones diplomáticas permanentes entre países vecinos o con intereses comunes, sin embargo, en ocasiones se despachaban misiones diplomáticas ocasionales para tratar temas específicos o debido a una situación excepcional, como por ejemplo ejercer el voto en una conferencia internacional. En estos casos, se enviaban "ministros plenipotenciarios" con plenas facultades para actuar.