El '''Cuerpo Nacional de Policía''' ('''CNP'''), denominado indistintamente '''Policía Nacional''' a partir de 2015,{{#tag:ref|Se denomina '''Policía Nacional''' por la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional.|group="nota"}} es un instituto armado [[España|español]] de naturaleza civil, dependiente del [[Ministerio del Interior de España|Ministerio del Interior]],<ref>{{cita web|url=https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1986-6859|título=(Art. 9.a Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad)}}</ref> principal responsable de la vigilancia [[Policía|policial]] de zonas urbanas de más de 20 000 habitantes.<ref>{{cita web |url=http://www.santaluciagc.com/tacgestorcontenidos_stalucia09/modules.php?mod=portal2&file=ver_contenido&id=698|título=El municipio contará con una Comisaría de la Policía Nacional, según el ministro Rubalcaba}}</ref>{{#tag:ref|En zonas urbanas de menos de esa cifra y el resto del territorio nacional y su mar territorial, esta tarea recae principalmente en la [[Guardia Civil]], otro instituto armado con responsabilidades similares pero de naturaleza militar.|group="nota"}} Se encarga además, a través de sus numerosas especialidades, de investigaciones penales, judiciales, terroristas y asuntos sobre [[orden público]] e inmigración. Sin embargo, la capacidad y poder del CNP varía según las distintas [[Anexo:Comunidades autónomas de España|comunidades autónomas del país]]; la ''[[Ertzaintza]]'' en el [[País Vasco]], los [[Mozos de Escuadra]] en [[Cataluña]] o la [[Policía Foral de Navarra|Policía Foral]] en [[Navarra]] son los principales cuerpos y fuerzas de seguridad en estas comunidades, por lo que el papel del cuerpo en estas regiones es menor.