Diferencia entre revisiones de «Título propio»

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Para lograrlo las carreras Universitarias y parauniversitarias se someten voluntariamente a una evaluación rigurosa de su plan de estudios, cuerpo docente e infraestructura, entre muchos otros aspectos.
Costa Rica también prescribe en el Articulo 79 de la Constitución de la República que las Universidades privadas aprobadas del país son libres de ofrecer Programas académicos (y los grados emanados) sin necesidad de nuevos procedimientos en caso de cooperar con proveedores educativos extranjeros.
=== Doctorado como titulación propia ===
[[Archivo:Diploma en Matemática Financiera de la Universidad San Juan de la Cruz|thumb|200px|[[Archivo:SJDLC-Titulo-Propio.jpg|miniaturadeimagen]]Diploma de un [[título propio]] de la [[Universidad Complutense de Madrid]] (''Especialista Universitario'').]]
Un '''Doctorado''' de título propio debe superar un proceso normativo interno más flexible y diversificado (en la propia universidad). Su oficialidad proviene de la garantía de ser un título que ha superado a su vez todos los controles normativos y de calidad de una [[universidad pública]]. La normativa, por tanto, de este tipo de títulos propios viene dictada por las instituciones educativas. Sin embargo, este tipo de enseñanzas no están homologadas, por lo que no pueden acogerse a acuerdos o convenios de convalidaciones, aunque en el ámbito laboral son igualmente reconocidos.
 
 
== España ==
Cómo establece la [[Ley Orgánica de Universidades]], en [[España]], en respuesta a la gran demanda de educación especializada de carácter práctico además de la oferta de enseñanzas superiores oficiales, las universidades y escuelas de negocios pueden establecer otro tipo de enseñanzas que incluyen máster, diplomados y títulos de experto/especialista, certificadas por diplomas y títulos propios, basados en normativas internas, a diferencia de los títulos universitarios.<ref>[[Ministerio de Educación, Cultura y Deporte|Ministerio de Educación]];Universidad de España (Ed.): [http://www.universidad.es/estudiar-en-espana/el-sistema-universitario-espanol/titulos-no-oficiales-o-titulos-propios Títulos no oficiales o títulos propios.]</ref>
=== Máster como titulación propia ===
[[Archivo:Diploma de Especialista Universitario de la Universidad Complutense de Madrid.jpg|right|thumb|200px|[[Archivo:SJDLC-Titulo-Propio.jpg|miniaturadeimagen]]Diploma de un [[título propio]] de la [[Universidad Complutense de Madrid]] (''Especialista Universitario'').]]
Un '''máster''' de título propio debe superar un proceso normativo interno más flexible y diversificado (en la propia universidad). Su oficialidad proviene de la garantía de ser un título que ha superado a su vez todos los controles normativos y de calidad de una [[universidad pública]]. La normativa, por tanto, de este tipo de títulos propios viene dictada por las instituciones educativas. Sin embargo, este tipo de enseñanzas no están homologadas, por lo que no pueden acogerse a acuerdos o convenios de convalidaciones, aunque en el ámbito laboral son igualmente reconocidos.