Diferencia entre revisiones de «Endoso»

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m Endosante
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El '''endoso''' es una declaración, pura y simple, puesta en el título-valor por la cual su tenedor (a estos efectos llamado endosante) legitima a otra persona (denominada endosatario) en el ejercicio de los derechos incorporados al título. Es la forma normal y tradicional de transmisión de la letra de cambio y de todos los títulos "a la orden", que permite al titular movilizar el crédito reflejado en el documento. Existiendo varias modalidades.
 
El portador al respaldo. Esa [[firma]] es lo que se entiende por endoso y el que estampa se denomina endosante o endosador. Es una cláusula accesoria e inseparable del [[título de crédito]], en virtud de la cual el acreedor cambiario pone a otro en su lugar, transfiriéndole el título con efectos.
 
La principal función del endoso es su función legitimadora: el endosatario se legítima por medio de una cadena ininterrumpida de endosos.