Diferencia entre revisiones de «Junta de vecinos»

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===Conformación===
Para ser miembro de una junta de vecinos se requiere tener, a lo menos, dieciochocatorce años de edad y contar con residencia en la unidad vecinal respectiva.
 
La dirección y administración de la junta recae en una directiva compuesta, a lo menos, por tres miembros titulares, elegidos en votación directa, secreta e informada, por un período de tres años, en una asamblea general ordinaria, pudiendo ser reelegidos por una vez. Resultarán electos como directores quienes, en una misma votación, obtengan las más altas mayorías, correspondiéndole el cargo de presidente a quien obtenga la primera mayoría individual. Los cargos de secretario y tesorero, y los demás que dispongan los estatutos de cada junta, se proveen por elección entre los propios miembros del directorio.