Jeanine Anez no es presidenta constitucional. Según el art. 161 de la Constitución Boliviana, ante la falta de presidente y vicepresidente, corresponde la presidencia a quien ocupe la presidencia del senado. La senadora Añez es la segunda vicepresidenta. La renuncia del presidente y vicepresidente , debe ser presentada ante la Asamblea Constituyente de Bolivia , quién según el art. 172 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia , la aceptará o rechazará. Al no haberse cumplido este requisito, la senadora Añez carece de legalidad pues no hubo Asamblea Constituyente que legalice su cargo. Es un gobierno de facto, resultado de un golpe civil militar que ha interrumpido el orden constitucional de Bolivia. Como las decenas de presidencias que conforman la inestable vida política boliviana. Usurpando las funciones presidenciales y rebasando los tratados internacionales, ha emitido un decreto autorizando la represión militar sobre las protestas pacíficas que llevan a cabo los pueblos indígenas bolivianos que conforman el 63 % de la población boliviana, lo cual constituye un crimen de lesa humanidad llamado genocidio.


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