Consejo Ministerial del Reino de Montenegro

Organo administrativo central del Reino de Montenegro

El Consejo Ministerial o Consejo de Ministros del Reino de Montenegro (serbio/montenegrino: Министарски савјет Краљевине Црне Горe; Ministarski savjet Kraljevine Crne Gore) era el órgano administrativo central del Reino de Montenegro.

Consejo Ministerial del Reino de Montenegro
Consejo de Ministros del Reino de Montenegro
273px
La Casa de Gobierno de Cetiña
Localización
País Principado de Montenegro
Reino de Montenegro
Información general
Tipo Consejo de ministros
Sede Cetiña
Organización
Ministros Principado de Montenegro
Lazar Mijušković
Marko Radulović
Andrija Radović
Lazar Tomanović
Reino de Montenegro
Lazar Tomanović
Mitar Martinović
Janko Vukotić
Milo Matanović
Lazar Mijušković
Sucesión
Consejo de Estado del Principado de Montenegro Consejo Ministerial del Reino de Montenegro
Notas
 
Voivoda Božo Petrović, presidente a largo plazo del Consejo de Estado
Casa de Gobierno en Cetiña en febrero de 1916 durante la ocupación austrohúngara

Historia editar

El predecesor del Consejo Ministerial con función de gobierno principesco fue el Consejo de Estado fundado en 1879 en Cetiña.

En 1916, había ocho presidentes del Consejo de Ministros y se formaron un total de 14 gobiernos. El presidente del Consejo de Estado de 1879 a 1905 fue continuamente el duque Božo Petrović. Tras la promulgación de la Constitución de Nikolás (1905), Lazar Mijušković se convirtió en el primer presidente del Consejo de Ministros.

Después de Lazar Mijušković (1905—1906), los presidentes fueron: Marko Radulović (1906—1907), Andrija Radović (1907), Dr. Lazar Tomanović (1907—1910[1]​; 1910—1912), General Mitar Martinović (1912—1913) y General Janko Vukotić (1913—1915).

Lazar Mijušković (1915-1916) estuvo nuevamente al frente del último Consejo Ministerial del país. A principios de 1916, el rey montenegrino Nikola I Petrović abandonó el país tras el colapso militar de la Primera Guerra Mundial y se exilió en Francia.

Composición editar

Según la Constitución de Nicolás (1905), el Consejo de Ministros estaba a la cabeza de la función pública y dependía directamente del príncipe señor. El Consejo Ministerial estaba compuesto por ministros designados para determinadas profesiones de la administración estatal. El príncipe nombró y destituyó a todos los ministros. Uno de los ministros fue nombrado por el príncipe presidente del Consejo de Ministros.[2]​ En 1914 había siete ministros: Justicia, Educación y Asuntos Eclesiásticos, Asuntos Internos, Asuntos Exteriores, Finanzas, Ejército, Economía Nacional y Construcción.[3]

Los ministros eran responsables ante el príncipe y la Asamblea Popular de sus actos oficiales.[4]​ Tenían derecho a acusar al ministro:

  • Si cometió traición a la patria o al gobernante;
  • Si dañaría al Estado por interés propio;
  • Por emitir una orden a las autoridades regionales para violar las disposiciones de la ley electoral que garantizaba a los ciudadanos montenegrinos el libre derecho de voto;
  • Por impedir deliberadamente, abusando de su autoridad, la aplicación de leyes o decisiones legislativas o la ejecución de sentencias judiciales, en los casos en que ello cause daño a intereses estatales o privados;
  • Por presentar maliciosamente informes falsos al príncipe o a la Asamblea Popular, cuando como consecuencia de ellos se tomarían decisiones legislativas perjudiciales para el Estado.

La propuesta para acusar al ministro debía presentarse por escrito y contener todos los puntos de acusación. Cuando la acusación la hiciera el príncipe, sería firmada por el presidente del Consejo de Ministros. Cuando la propuesta de impeachment surgió de la mitad de la Asamblea Popular, tuvo que ser firmada por al menos un tercio de todos los parlamentarios.[5]​ Si ninguno de los puntos de la acusación era aceptado por la mayoría constitucionalmente determinada de dos tercios de todos los diputados presentes, la propuesta de acusación era rechazada.[6]​ Si la Asamblea Popular decide que hay lugar para acusaciones, el caso se remite al comité de investigación para presentar una demanda ante el Tribunal Estatal.

El ministro acusado fue juzgado por el Tribunal Estatal compuesto por miembros del Consejo de Estado y miembros del Gran Tribunal. El Presidente de la Asamblea Popular utilizó un dado para determinar tres miembros del número total de miembros del Consejo de Estado, así como tres miembros del número total de miembros del Gran Tribunal. Las seis personas así elegidas constituyeron el Tribunal del Estado.[7]

Referencias editar

  1. Desde el 28 de agosto de 1910 como Presidente del Consejo Ministerial del Reino de Montenegro
  2. Artículos 104-106. Constitución del Principado de Montenegro (1905)
  3. Ley sobre el Gobierno Real y la Organización de las Autoridades del Estado ("Glas Crnogorca", Nº 26/1914)
  4. Artículo 108 de la Constitución del Principado de Montenegro
  5. Artículos 11-13 de la Ley de Responsabilidad Ministerial
  6. Artículo 25 de la Ley de Responsabilidad Ministerial
  7. Artículo 27 de la Ley de Responsabilidad Ministerial

Enlaces externos editar