Subdelegación del Gobierno (España)

Las Subdelegaciones del Gobierno, en la Administración pública de España, son órganos correspondientes a la organización periférica del Estado que ejercen la representación del Gobierno de España en cada una de las provincias del país.[n. 1]

Sede de la Subdelegación del Gobierno en Vizcaya (Bilbao).

CaracterísticasEditar

 
Sede de la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife.

Fueron creadas en 1997 por la Ley de Organización de la Administración General del Estado[1]​ y reguladas en un Real decreto del mismo año[2]​ sucediendo a los Gobiernos Civiles, dirigidos por los gobernadores civiles, creados en 1833.

Existe un subdelegado del Gobierno en cada provincia, bajo la inmediata dependencia del delegado del Gobierno en la respectiva comunidad autónoma y nombrado por él mediante el procedimiento de libre designación entre funcionarios de carrera del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, a los que se exija, para su ingreso, el título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente.

En las comunidades autónomas uniprovinciales y en las ciudades autónomas, como norma general, se ha suprimido la Subdelegación del Gobierno, asumiendo la Delegación del Gobierno correspondiente las competencias que la Ley atribuye a los Subdelegados del Gobierno en las provincias. Esta situación se da en las comunidades de Asturias, Islas Baleares, Cantabria, Ceuta, Melilla, Murcia, Navarra y La Rioja. En Madrid, en cambio, debido a sus especiales características como capital del Estado, se mantienen separadamente las figuras de Delegado y de Subdelegado del Gobierno.

Mediante Real Decreto es posible crear Subdelegaciones del Gobierno en las comunidades autónomas uniprovinciales, teniéndose en cuenta para ello circunstancias tales como la población del territorio, el volumen de gestión o sus singularidades geográficas, sociales o económicas. Actualmente solo la Comunidad de Madrid cuenta con Subdelegación del Gobierno, elevando el número total de estas entidades a 44.

 
Sede de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona.

Las Subdelegaciones del Gobierno se constituyen en órganos de la respectiva Delegación del Gobierno. Su estructura se establece por Real Decreto del Consejo de Ministros en el que se determinan los órganos y áreas funcionales que se constituyen.

En las provincias en las que radique la Delegación del Gobierno, el subdelegado actuará con funciones de Subdirector General de la Delegación y podrá asumir aquellas otras que, expresamente, le ceda el delegado en materia de protección civil y seguridad ciudadana.

Puesto que son funcionarios, los subdelegados pasarán en su puesto de origen a la situación administrativa de servicios especiales. La suplencia del subdelegado en caso de vacante, ausencia o enfermedad la ejercerá el secretario de la Subdelegación o, en su defecto, quien designe el Delegado del Gobierno.

Según el artículo 29.2 de la Ley que prevé su creación,[1]​ son funciones propias de los subdelegados dirigir los servicios integrados de la Administración General del Estado, de acuerdo con las instrucciones del Delegado de Gobierno, así como impulsar, supervisar e inspeccionar los servicios no integrados, es decir, aquellos que por su singularidad o volumen de gestión en lugar de formar parte de la Delegación de Gobierno, mantienen la dependencia directa de los órganos centrales. El ejemplo más común lo constituyen las delegaciones provinciales del Ministerio de Hacienda. También deben desempeñar funciones de comunicación, colaboración y cooperación con las corporaciones locales, y órganos provinciales de la Comunidad Autónoma, informar de la incidencia en el territorio provincial de los programas de financiación estatal y ejercer las competencias sancionadoras que tengan atribuidas.

En los casos de sanción administrativa por infracciones previstas en la Ley de Seguridad Ciudadana, podemos resumir que corresponde la iniciativa del proceso a los Subdelegados como titulares de las Subdelegación. Sin embargo tan solo impondrán las sanciones por infracciones leves ya que se reserva normativamente a los Delegados la facultad sancionadora pro comisión de infracciones graves o muy graves (aun cuando se inicien por la Subdelegación de la provincia lugar de los hechos).

En las provincias donde no radica la Delegación de Gobierno, al Subdelegado, bajo la dirección y supervisión de su superior, le corresponde:

  • Desempeñar las funciones de comunicación, colaboración y cooperación con la respectiva Comunidad Autónoma y con las Entidades Locales y, en particular, informar sobre la incidencia en el territorio de los programas de financiación estatal. En concreto les corresponde:
    • Mantener las necesarias relaciones de cooperación y coordinación de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos con la de la Comunidad Autónoma y con las correspondientes Entidades locales en el ámbito de la provincia.
    • Comunicar y recibir cuanta información precisen el Gobierno y el órgano de Gobierno de la Comunidad Autónoma. Realizará también estas funciones con las Entidades locales en su ámbito territorial, a través de sus respectivos Presidentes.
 
Sede de la Subdelegación del Gobierno en Madrid.
  • Proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizando la seguridad ciudadana, todo ello dentro de las competencias estatales en la materia. A estos efectos, dirigirá las Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado en la provincia.
  • Dirigir y coordinar la protección civil en el ámbito de la provincia.
  • Dirigir, en su caso, los servicios integrados de la Administración General del Estado, de acuerdo con las instrucciones del Delegado del Gobierno y de los Ministerios correspondientes; e impulsar, supervisar e inspeccionar los servicios no integrados.
  • Coordinar la utilización de los medios materiales y, en particular, de los edificios administrativos en el ámbito territorial de su competencia.
  • Ejercer la potestad sancionadora y cualquier otra que les confiera las normas o que les sea desconcentrada o delegada.

Subdelegados del Gobierno por provinciasEditar

 
Sede de la Subdelegación del Gobierno en Castellón.
 
Sede de la Subdelegación del Gobierno en Teruel.
 
Sede de la Subdelegación del Gobierno en Zamora.
 
Sede de la Subdelegación del Gobierno en Jaén.
 
Sede de la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra.
 
Sede de la Subdelegación del Gobierno en Alicante.
 
Sede de la Subdelegación del Gobierno en Lérida.

La gran mayoría de las provincias españolas disponen de una subdelegación del Gobierno de España. Sin embargo, las dos ciudades autónomas y algunas comunidades autónomas uniprovinciales no disponen de dicha institución, ya que sus competencias son llevadas a cabo por parte de la Delegación del Gobierno. Este es el caso de Cantabria, Ceuta, la Comunidad Foral de Navarra, las Islas Baleares (solo disponen de dos direcciones insulares), La Rioja, Melilla, el Principado de Asturias y la Región de Murcia.

 
Subdelegados del Gobierno de España en las provincias[3]
Comunidad Autónoma Provincia Subdelegado/a del Gobierno
 
Andalucía
  Almería José María Martín Fernández
  Cádiz José Antonio Pacheco Calvo
  Córdoba Rafaela Valenzuela Jiménez
  Granada María Inmaculada López Calahorro
  Huelva Manuela Parralo Marcos
  Jaén Catalina Madueño Magdaleno
  Málaga Francisco Javier Salas Ruiz
  Sevilla Carlos Toscano Sánchez
 
Aragón
  Huesca Silvia Salazar Altemir
  Teruel José Ramón Morro García
  Zaragoza Fernando Ángel Beltrán Blázquez
 
Canarias
  Las Palmas María Teresa Mayans Vázquez
  Santa Cruz de Tenerife Jesús Javier Plata Vera
 
Castilla-La Mancha
  Albacete Miguel Juan Espinosa Plaza
  Ciudad Real María Ángeles Herreros Ramírez
  Cuenca María Luz Fernández Marín[4]
  Guadalajara Mercedes Gómez Mena
  Toledo Carlos Ángel Devia
 
Castilla y León
Ávila  Ávila Fernando Galeano Murillo[5]
Burgos  Burgos Pedro Luis de la Fuente Fernández
León  León Faustino Sánchez Samartino
Palencia  Palencia Ángel Domingo Miguel Gutiérrez
Salamanca  Salamanca María Encarnación Pérez Álvarez
Segovia  Segovia María del Lirio Martín García
Soria  Soria Miguel Latorre Zubiri
Valladolid  Valladolid Alicia Villar Pérez[6]
ZamoraZamora Ángel Blanco García
 
Cataluña
Barcelona  Barcelona Carlos Prieto Gómez
GeronaGerona Albert Bramón Vives
LéridaLérida José Crespín Gómez
Tarragona  Tarragona Santiago José Castellà Surribas
 
Comunidad de Madrid
Madrid  Madrid María Elena Bernardo Llorente
 
Comunidad Valenciana
AlicanteAlicante María Araceli Poblador Pacheco
CastellónCastellón Soledad Inmaculada Ten Bachero
ValenciaValencia Raquel Ibáñez
 
Extremadura
Badajoz  Badajoz María Isabel Cortés Gordillo
Cáceres  Cáceres José Antonio García Muñoz
 
Galicia
La CoruñaLa Coruña María Rivas López
Lugo  Lugo María Isabel Rodríguez López
Orense  Orense Emilio González Afonso
Pontevedra  Pontevedra María del Carmen Filomena Larriba García [7]
 
País Vasco
Álava  Álava Javier Sáez Lanas
Guipúzcoa  Guipúzcoa Guillermo Echenique González
Vizcaya  Vizcaya José Vicente Reyes Martín
Direcciones Insulares
 
Canarias
  El Hierro José Carlos Hernández Santana
  Fuerteventura Domingo Francisco Fuentes Curbelo
  La Gomera Juan Luis Navarro Mesa
  Lanzarote Juan Ramón Pérez Borges
  La Palma Ana María León Expósito
 
Islas Baleares
  Ibiza -   Formentera Enrique Francisco Sánchez Navarrete
  Menorca Isabel López Manchón

Véase tambiénEditar

NotasEditar

  1. En las comunidades autónomas uniprovinciales y en las ciudades autónomas sus funciones son ejercidas por las Delegaciones del Gobierno a excepción de Madrid, que cuenta con Delegación y Subdelegación del Gobierno.

Enlaces externosEditar

ReferenciasEditar

  1. a b «Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado». Boletín Oficial del Estado número 90,. 15 de abril de 1997. pp. 11755-11773. Archivado desde el original el 29 de enero de 2012. Consultado el 3 de octubre de 2021. 
  2. «Real Decreto 617/1997, de 25 de abril, de Subdelegados del Gobierno y Directores insulares de la Administración General del Estado». Boletín Oficial del Estado número 106,. 3 de mayo de 1997. pp. 14039-14041. Archivado desde el original el 3 de noviembre de 2011. Consultado el 3 de octubre de 2021. 
  3. «Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares». Ministerio de Política Territorial y Función Pública. Consultado el 20 de agosto de 2020. 
  4. SER, Cadena (8 de febrero de 2022). «Mari Luz Fernández Marín, nueva subdelegada del Gobierno de Cuenca». cadena SER. Consultado el 26 de febrero de 2022. 
  5. «Fernando Galeano Murillo, nuevo subdelegado del Gobierno en Ávila». amp.europapress.es. Consultado el 14 de enero de 2022. 
  6. «Esta será la sustituta de Emilio Álvarez al frente de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid». El Español. 12 de julio de 2022. Consultado el 21 de julio de 2022. 
  7. Infogauda (23 de xuño de 2020). «INFOGAUDA: UN ESPAZO DE INFORMACIÓN TRANSFRONTEIRIZA: PONTEVEDRA». INFOGAUDA. Consultado el 31 de marzo de 2021.