Notificación de borrado rápido en «Ley Perpetua de Castilla» editar

 

Hola, 2.154.7.243. Se ha revisado la página «Ley Perpetua de Castilla» y esta cumple con los criterios de borrado rápido, por lo que se ha marcado con la plantilla {{Destruir}} para que sea borrada de inmediato por un bibliotecario. Los motivos son los siguientes:

  • Proyecto reformador de las Comunidades de Castilla

Por favor, revisa la política de borrado y solo si crees que el artículo en cuestión no se ajusta a lo descrito ahí, expón tus argumentos en esta página. Si creaste la página con la finalidad de hacer pruebas, por favor, utiliza nuestra zona de pruebas pública. Si eres un usuario registrado, también puedes usar tu taller de pruebas personal.

Gracias por tu comprensión. Marcos Okseniuk (discusión) 12:47 9 dic 2021 (UTC)Responder

Ley Perpetua editar

Hola. No lo considero así. Todo lo que está en el «proyecto reformador de las Comunidades de Castilla», que fue un artículo que escribí hace ya varios años, se contiene en la Ley Perpetua, que en realidad nunca fue mencionado con ese nombre en la época pero la historiografía se lo ha dado en referencia al incipit del texto. Puedes comparar, de hecho, y ver que todo lo que has puesto en «contenido» es lo mismo que está en el otro artículo pero resumido. Por eso sería absolutamente redundante tener dos artículos para básicamente hablar de lo mismo. Sin embargo, es cierto que también circularon otros escritos y textos redactados por comuneros en una línea similar, fundamentalmente como resultado de las negociaciones y el «tira y afloja» con los virreyes puestos por Carlos I. Lo que pienso:

  • Toda la sección de «contexto histórico» la puedes pasar a Proyecto reformador de las Comunidades de Castilla.
  • Ese artículo, en unos días, lo mejoraré. Agregaré contenido y mejoraré las referencias. Lo escribí hace varios años, cuando comenzaba en Wikipedia, y las referencias están mal puestas...
  • Finalmente consideraré un traslado a otro nombre, que podría ser: «Ley Perpetua de Ávila», «Ley Perpetua de Castilla», «Ley Perpetua de las Comunidades de Castilla». El que está ahora, «proyecto reformador de las Comunidades de Castilla», es poco elegante y puede crear confusión.

Disculpa las molestias. Un saludo.--Marcos Okseniuk (discusión) 13:04 9 dic 2021 (UTC)Responder

Gracias por tus comentarios. De todos modos, sí que pienso que una cuestión es digamos el "programa reformador", los "objetivos" de manera amplia, y otra cuestión mucho más concreta, que creo debe mantener su página separada, es el texto o textos documentales que se redactaron como "proto-constitución". No es exactamente lo mismo el proyecto político de un movimiento que una serie de escritos con vocación legislativa, e incluso, proto-constitucional. La existencia de esos textos concretos debe tener su página propia en wikipedia.--2.154.7.243 (discusión) 13:10 9 dic 2021 (UTC)Responder

REː Santa Junta editar

He añadido a la página de discución del Artículo de Castilla y León lo que me has escrito en mi PD porque entiendo que es allí donde debe estar para que todos puedan opinar y decidir.

De todos modos te sugiero que antes de añadir enlaces a distro y siniestro a esa página que has creado Ley Perpetua de Castilla, la mejores tanto su redacción como las pocas referencias que tiene, muchas de las cuales no funcionan. Además esa página está marcada para borrado rápido con lo que no tiene mucho sentido que impongas enlaces a una página que van a borrar en breve. --Términus (discusión) 13:31 9 dic 2021 (UTC)Responder

Estoy hablando con la persona que ha sugerido borrarla, y hay discrepancias al respecto. No tendría ningún sentido borrarla, ya que una cosa es el proyecto político de un movimiento y otra distinta el texto o textos proto-constitucionales legislativos que se redactaron. Un saludo. 2.154.7.243 (discusión) 13:33 9 dic 2021 (UTC)Responder
Te advierto que has superado con creces la regla de las tres reversiones en el artículo de la Santa Junta y que cada vez te comportas más como una cuenta de propósito particular todo eso es denunciable a los bibliotecarios, de momento no te voy a denunciar. Pero por favor para ya he intenta consensuar tus acciones en vez de imponerlas por las bravas. Un saludo Términus (discusión) 14:11 9 dic 2021 (UTC)Responder
Dices queː Yo no soy el que borra lo de otros sin consultar. No es cierto, en el artículo de Castilla y león borrastes sin consultar a nadie la referencia al Mensaje de Castilla para poner el artículo que tu había redactado, algo que nuevamente has hecho, y sin llegar a ningún tipo de consenso. En el de Santa Junta pues algo parecido. Siempre intenta llegar a consensos en vez de imponer tu punto de vista especialmente si revierten tu edición. Un saludo Términus (discusión) 14:25 9 dic 2021 (UTC)Responder
Siento discrepar. En el artículo de Castilla y León cambio la referencia al Mensaje de Castilla por la de Santa Junta. Yo NO he redactado el artículo de la Santa Junta. Las razones del cambio son las explicadas, me gustaría saber cuál es tu opinión respecto a mi argumentación. un saludo. 2.154.7.243 (discusión) 14:28 9 dic 2021 (UTC)Responder
A ver, el artículo de Proyecto reformador de las Comunidades de Castilla se refiere al contenido de la Ley Perpetua, que no es un documento en blanco sino que precisamente contiene propuestas (capítulos) de reforma que configuran proyecto político de un movimiento. El artículo trata del documento en cuanto lo que contiene. No entiendo el motivo para separar el documento de su contenido y hacer dos artículos respectivos. Lee lo que has escrito tú y verás que es lo mismo que dice mi artículo (disculpa por llamarlo mío, no me pertentece, pero lo escribí) pero resumido.--Marcos Okseniuk (discusión) 17:29 9 dic 2021 (UTC)Responder
Diría que es al revés. El texto recoge una propuesta concreta dentro del marco amplio de las reformas propuestas. Quiero decir, si cambiamos el nombre de tu artículo por el de ley perpetua, ¿no estaríamos dejando fuera cosas? ¿no estaríamos perdiendo un artículo más amplio sobre todas las propuestas de reformas no recogidas en los textos que se manejaron pero que estaban ahí? No se si soy capaz de transmitir mi punto. Gracias. --2.154.7.243 (discusión) 17:43 9 dic 2021 (UTC)Responder

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Entiendo tu preocupación, pero en general no creo que se pierda nada. Otras propuestas pueden integrarse perfectamente en el artículo. Según Joseph Pérez, el programa elaborado en octubre por la Santa Junta es «el documento fundamental que expresa la opinión de la mayoría de la Junta y constituye una síntesis de las diversas propuestas presentadas por las ciudades». Como verás, no nació de la nada, sino que se formó como resultado de las instrucciones traídas por los procuradores de las ciudades, principalmente de Valladolid. También tenemos una lista de reivindicaciones elaborada como resultado de las negociaciones entre la Junta y los virreyes en febrero-marzo de 2021, pero, como dice Joseph Pérez, básicamente es el mismo texto de octubre con algunas modificaciones. No sería lógico hacer un artículo separado para ello y se puede integrar perfectamente en el texto; por ejemplo, diciendo «sin embargo, esta propuesta fue modificada/eliminada durante las negociaciones de febrero...».

Quizás la única diferencia importante esté con los Capítulos de lo que ordenavan de pedir los de la Junta (aquí tienes una reproducción del texto). Este documento fue escrito en Martín Muñoz de las Posadas hacia septiembre de 1520 y sería «un anteproyecto bastante duro y de talante muy democrático que parece expresar la opinión de los comuneros más radicales». Joseph Pérez también acota que «las reivindicaciones oficiales de la Junta se apartan bastante de este texto en varios puntos». Podría hacerse un apartado que trate sobre los precedentes de la Ley Perpetua (incluiría estos capítulos), redacción (quién, cuándo, dónde, cómo etc.) y lo que tiene que ver con el envio del texto a Carlos I. Otro apartado ya desarrollaría aspectos del contenido del documento: propuestas políticas, administrativas, económicas... insisto, las diferencias que hubiese con el documento anterior podrían indicarse sin problema.

No es que «el texto recoge una propuesta concreta dentro del marco amplio de las reformas propuestas», sino que la Ley Perpetua incluye todo el núcleo de propuestas por el cual los comuneros van a empuñar las armas hasta Villalar. Por eso «proyecto reformador de las Comunidades de Castilla» y «Ley Perpetua», en la práctica, son sinónimos. La singularidad de este documento es que fue redactado en el seno de la Junta y enviado a Carlos I para que las aprobase. Por lo tanto, es «oficial», a diferencia de Capítulos de lo que ordenavan de pedir los de la Junta. Mi larga y aburrida disertación es para tratar de decirte que el hecho de que el artículo se centre en la Ley Perpetua no impide hablar de otros proyectos vencidos que no gozaron de esa oficialidad y aceptación. De lo contrario, tendríamos un artículo sobre el proyecto de reforma de los comuneros que compartiría el 99% del texto con otro artículo sobre la Ley Perpetua. Eso es redundante e innecesario. Saludos.--Marcos Okseniuk (discusión) 19:25 9 dic 2021 (UTC)Responder

Lo haremos así. ¿Cómo propones en llamar al artículo finalmente? 2.154.7.243 (discusión) 21:25 9 dic 2021 (UTC)Responder
No estoy seguro, pero no hay apuro por eso todavía. Probablemente «Ley Perpetua de Castilla», que hace honor al íncipit: «Ley Perpetua destos Reynos». Pero otros nombres son válidos también. Lo estoy trabajando en mi taller.--Marcos Okseniuk (discusión) 21:41 9 dic 2021 (UTC)Responder

Explicación editar

Hola 2.154.7.243, ya que usted me pedió una explicación para mi reversión en el artículo Tierra de Campos, aquí se la traigo.

Al estar revirtiendo, ví que los datos que usted añadió afectaban a la cohesión del texto (no tiene sentido poner datos que corresponderían al censo al inicio de la página). Esto no se consideraría vandalismo, es más, puede añadirlo, pero en algún apartado en el que tenga sentido (o en la plantilla por ejemplo).

Un saludo y suerte en tus ediciones futuras.

𝔼𝕝𝕖𝕟𝕒 (discusión) 20:34 12 ene 2022 (UTC)Responder


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