Comunidad autónoma

subdivisión administrativa de primer nivel de España
(Redirigido desde «Comunidad Autónoma»)
Comunidades autónomas de España

En España, una comunidad autónoma (C. A.)[n 1]​ es una entidad territorial que, dentro del actual ordenamiento jurídico constitucional, está dotada de autonomía, con instituciones y representantes propios y determinadas competencias legislativas, ejecutivas y administrativas, lo que la asimila en muchos aspectos a entidades federadas.

Historia editar

La promulgación de la Constitución española de 1978, que recoge «el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones» que forman el Estado, supuso un cambio de 180 grados con respecto al régimen anterior, la dictadura franquista, que se basaba en planes centralizados tradicionales. La Constitución de 1978 daba así respuesta a un problema que había surgido repetidamente en la historia de España como resultado de las diferentes identidades sobre las que se ha construido la unidad de España.[cita requerida]

Tras la ratificación de la carta magna, y como resultado de la implementación de los principios contenidos en el Título VIII, entre 1979 y 1983 se completó el proceso de instauración de las 16 comunidades autónomas y de la comunidad foral,[n 2]​ mediante la aprobación de sus Estatutos de Autonomía, aunque solo cuatro de ellos —Cataluña, País Vasco, Galicia y Andalucía— han sido refrendados por sus ciudadanos. Han sido también dotadas de su propio órgano de gobierno e instituciones representativas. Hay que destacar que el proceso que ofrece la Constitución española no obliga ni a las regiones ni a las nacionalidades, sino que es, en teoría, un derecho para ellas. No obstante, en la práctica, los pactos autonómicos obligaron a las provincias a formar comunidades autónomas. De hecho, sirva como ejemplo que, en marzo de 1983, la única provincia que no formaba parte de ninguna comunidad, Segovia, fue obligada por decreto del Gobierno a integrarse en Castilla y León «por motivos de interés nacional».[cita requerida]

El 31 de julio de 1981, Leopoldo Calvo-Sotelo, presidente del Gobierno, y Felipe González, líder de la oposición, acuerdan los primeros pactos autonómicos, que prevén un mapa de 17 autonomías, con las mismas instituciones pero con distintas competencias. En 1995, se actualizó con los Segundos Pactos Autonómicos, firmado entre el entonces presidente, Felipe González, y el líder de la oposición, José María Aznar, por el cual se crean las dos ciudades autónomas, Ceuta y Melilla. Fruto de estos acuerdos, en 1995 se dará por cerrado el «mapa de las autonomías» a nuevas remodelaciones o ampliaciones.

Desde 2003, y para fines estadísticos, basadas en las normativas europeas y fijadas por la Eurostat, se encuentran las unidades NUTS en vigor en la Unión Europea. Las 17 comunidades autónomas españolas se encuentran clasificadas en los niveles NUTS 2.

Organización básica de la administración autonómica editar

Provincias de España identificadas según el estándar ISO 3166-2 

El artículo 152.1 de la Constitución establece la organización institucional básica de aquellas comunidades autónomas que accedieron a la autonomía por la denominada «vía rápida», esto es, País Vasco, Cataluña, Galicia y Andalucía. No obstante, dicha organización institucional básica ha sido la que, mediante sus respectivos Estatutos de Autonomía, han asumido todas las comunidades autónomas, con independencia de su vía de acceso a la autonomía política.

Así, en la actualidad, los órganos básicos comunes a todas las comunidades autónomas son una Asamblea Legislativa, elegida por sufragio universal; un Consejo de Gobierno, con funciones ejecutivas; y un presidente de la comunidad autónoma, elegido por la Asamblea Legislativa de entre sus miembros, que ostenta la más alta representación de la Comunidad.

La asamblea legislativa editar

La asamblea es el parlamento autonómico unicameral, que en las distintas comunidades se denomina de diferentes formas:

Elección

El sistema de elección de los miembros es por sufragio universal, siguiendo el mismo régimen de incompatibilidad e inelegibilidad que las Cortes Generales. Las elecciones se celebran el último domingo de mayo cada cuatro años, en todas las comunidades excepto en:

  • Andalucía, Canarias, Cataluña, Galicia, País Vasco, la Comunidad Valenciana y Castilla y León pueden disolver el parlamento y convocar elecciones cuando le parezca oportuno al respectivo presidente autonómico siempre que sea antes de que termine su legislatura.
  • Navarra, el Principado de Asturias y Aragón sí que las celebran el cuarto domingo de mayo cada cuatro años, aunque después de la reforma de sus estatutos, y el Amejoramiento del fuero en el caso navarro, el presidente de cada comunidad autónoma puede disolver las cortes y convocar elecciones cuando le parezca oportuno, siempre que sea antes de que termine su legislatura.
Funciones

Las comunidades autónomas gozan de potestad legislativa, la cual reside en su asamblea. Además de otras funciones: presupuestarias, control del ejecutivo autonómico, elección del gobierno, del presidente del ejecutivo, participación en las reformas de la Constitución, control de la constitucionalidad de Leyes y disposiciones con fuerza de Ley, participación en la composición del Senado.

Poder ejecutivo editar

 
Banderas de las 19 autonomías de España, junto con las banderas de España y la Unión Europea, en la fachada del Palacio del Senado en Madrid

El presidente editar

Nombramiento editar

Una vez celebradas las elecciones y constituida la asamblea legislativa, en las comunidades autónomas en que solo es posible un candidato a presidirla, el presidente del parlamento autonómico lo propone. El candidato propuesto resulta elegido si es apoyado por una mayoría absoluta en primera votación o en segunda por mayoría simple. En las comunidades autónomas es que es posible varios candidatos estos son propuestos por los grupos parlamentarios y son elegidos en primera votación los que consigan mayoría absoluta. De no obtenerse mayoría absoluta, será elegido el candidato que obtenga mayoría simple en una segunda votación, en la que participan todos los candidatos en el País Vasco y solo los dos más votados en Asturias.

Si no obtuviese el apoyo se repetirán las votaciones con distintas candidaturas, hasta que si pasados 2 meses desde la primera votación ninguno de los candidatos hubiese obtenido el apoyo, se disolverá la cámara, y se volverán a convocar elecciones.

Funciones editar

Dirección del consejo de gobierno y suprema representación de la Comunidad, representación del Estado en la comunidad autónoma. Promulga y ordena la publicación de las Leyes y del nombramiento del poder judicial en la comunidad.

El Consejo de Gobierno editar

Es el máximo órgano ejecutivo colegiado de la Comunidad autónoma. Sus funciones son la administración civil, ejecución de las leyes y reglamentación. Los miembros responden ante el Tribunal Superior de Justicia, tanto en el ámbito civil, como penal. Están sometidos a control político a través de la cuestión de confianza y la moción de censura. Está presidido por el presidente de la comunidad autónoma, que nombra y cesa a sus miembros.

Otros órganos editar

Las Comunidades pueden crear sus propios Tribunales de Cuentas, Defensores del Pueblo (en Aragón es la figura del Justicia de Aragón quien cumple con ese deber además de ser la tercera autoridad junto al presidente de la Diputación General de Aragón y al presidente de las Cortes de Aragón) y otros organismos para su buen funcionamiento.

Competencias y financiación editar

Los artículos 148 y 149 de la Constitución española enumeran las «competencias» potenciales de las comunidades autónomas, así como las áreas que el gobierno central mantiene como «competencias» exclusivas o compartidas.[2]​ Así, «las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias» en educación, sistema de salud, cultura y lengua, patrimonio, asistencia social, ordenación del territorio y urbanismo, protección del medio ambiente, transporte público, agricultura, etc. Las competencias transferidas dependen de los estatutos de autonomía y pueden variar considerablemente; por ejemplo, el País Vasco y Navarra disponen de un poder y autonomía fiscal más extensivos, mientras que los servicios básicos de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla son generalmente provistos por el gobierno central, debido a su localización y circunstancias.[3]

Las comunidades autónomas de régimen común (todas las CC. AA. excepto País Vasco y Navarra, que tienen un régimen foral) comparten la gestión de impuestos con el gobierno central, por ejemplo recogiendo sus propios impuestos patrimoniales y sucesiones, recogiendo una parte del impuesto sobre la renta (IRPF), mientras que el 50% de los fondos generados por el IVA y el impuesto especial sobre el alcohol son cedidos a las CC. AA. por el gobierno central. La división territorial de España se basa en el principio de equidad, pues existen medidas para garantizar un nivel similar de financiación para los servicios públicos de las distintas comunidades, a pesar de las diferencias económicas entre las CC. AA.[4][5]

Índice de comunidades y ciudades autónomas editar

Comunidad
autónoma
Bandera Escudo Provincia Capital provincial Capital autonómica Estatuto de Autonomía Localización
Andalucía[6]
 
 
Almería  Almería Almería Sevilla 2007 (en sustitución del anterior Estatuto, de 1981)  
Cádiz  Cádiz Cádiz
Córdoba  Córdoba Córdoba
Granada  Granada Granada
Huelva  Huelva Huelva
Jaén  Jaén Jaén
Málaga  Málaga Málaga
Sevilla  Sevilla Sevilla
Aragón[6]
 
 
Huesca  Huesca Huesca Zaragoza 1982 (reformado en 1994, 1996 y 2007)  
Teruel  Teruel Teruel
  Zaragoza Zaragoza
Principado de Asturias[7]
 
 
Uniprovincial
Oviedo 1981 (reformado en 1991, 1994 y 1999)  
Islas Baleares[8]
 
 
Uniprovincial
Palma de Mallorca[9] 2007 (en sustitución del anterior Estatuto, de 1983)  
Canarias[6]
 
 
  Las PalmasLas Palmas Las Palmas de Gran Canaria Capitalidad compartida entre Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife[10] 1982[11]​ (reformado en 1996)  
Santa Cruz de TenerifeSanta Cruz de Tenerife Santa Cruz de Tenerife
Cantabria[12]
 
 
Uniprovincial
Santander 1981 (reformado en 1991, 1994, 1997, 1998 y 2002)  
Castilla-La Mancha[6]
 
 
Albacete  Albacete Albacete No declarada (de facto, Toledo)[13] 1982[14]​ (reformado en 1991, 1994, 1997 y 2002)  
Ciudad Real  Ciudad Real Ciudad Real
Cuenca  Cuenca Cuenca
Guadalajara  Guadalajara Guadalajara
Toledo  Toledo Toledo
Castilla y León[6]
 
 
  Ávila Ávila No declarada (de facto, Valladolid)[15] 1983 (no refrendado, reformado en 1988, 1994, 1999 y 2007)  
Burgos  Burgos Burgos
León  León León
  Palencia Palencia
Salamanca  Salamanca Salamanca
Segovia  Segovia Segovia
Soria  Soria Soria
Valladolid  Valladolid Valladolid
  Zamora Zamora
Cataluña[6]
 
 
El escudo
Barcelona  Barcelona Barcelona Barcelona 2006[16]​ (en sustitución del anterior Estatuto, de 1979)  
GeronaGerona Gerona
LéridaLérida Lérida
Tarragona  Tarragona Tarragona
Comunidad Valenciana[17]
 
 
AlicanteAlicante Alicante Valencia 2006[18]​ (en sustitución del anterior Estatuto, de 1982)  
CastellónCastellón Castellón de la Plana
ValenciaValencia Valencia
Extremadura[6]
 
 
Badajoz  Badajoz Badajoz Mérida 1983 (reformado en 1991, 1994, 1999, 2002 y 2011)  
Cáceres  Cáceres Cáceres
Galicia[6]
 
 
La CoruñaLa Coruña La Coruña Santiago de Compostela 1981  
Lugo  Lugo Lugo
Orense  Orense Orense
Pontevedra  Pontevedra Pontevedra
La Rioja[6]
 
 
Uniprovincial
Logroño 1982[19]  
Comunidad de Madrid[20]
 
 
Uniprovincial
Madrid 1983  
Región de Murcia[21]
 
 
Uniprovincial
Murcia 1982[22]  
Comunidad Foral de Navarra[23]
 
 
Uniprovincial
Pamplona 1982 (Amejoramiento del Fuero)  
País Vasco[24]
 
 
Álava  Álava Vitoria No declarada[25]
(de facto, Vitoria)
1979[26]  
Guipúzcoa  Guipúzcoa San Sebastián
Vizcaya  Vizcaya Bilbao
Ciudad autónoma Bandera Escudo Estatuto de Autonomía Localización
Ceuta
 
 
1995  
Melilla
 
 
1995  

Comunidades por superficie y población editar

En estos cuadros figuran los datos de superficie y de población (datos del padrón municipal de habitantes, INE a fecha 1 de enero de 2022) de las comunidades autónomas.

Superficie
Comunidad o ciudad autónoma Superficie
(km²)
Porcentaje
1 Castilla y León  Castilla y León 94 226 18,6 %
2 Andalucía  Andalucía 87 268 17,2 %
3 Castilla-La Mancha  Castilla-La Mancha 79 463 15,7 %
4 Aragón  Aragón 47 719 9,4 %
5 Extremadura  Extremadura 41 635 8,2 %
6 Cataluña  Cataluña 32 107 6,3 %
7 Galicia  Galicia 29 574 5,8 %
8 Comunidad Valenciana  Comunidad Valenciana 23 255 4,6 %
9 Región de Murcia  Región de Murcia 11 313 2,9 %
10 Principado de Asturias  Principado de Asturias 10 604 2,1 %
11 Comunidad Foral de Navarra  Comunidad Foral de Navarra 10 391 2,0 %
12 Comunidad de Madrid  Comunidad de Madrid 8022 1,6 %
13   Canarias 7447 1,5 %
14 País Vasco  País Vasco 7234 1,4 %
15 Cantabria  Cantabria 5326 1,0 %
16 La Rioja  La Rioja 5045 1,0 %
17 Islas Baleares  Islas Baleares 4992 1,0 %
18 Ceuta  Ceuta 19 0,0 %
19 Melilla  Melilla 12 0,0 %
TOTAL
504 645 100 %
Población
Comunidad o ciudad autónoma Población Porcentaje Densidad
(hab./km²)
1 Andalucía  Andalucía 8 494 155 17,84 % 96,96
2 Cataluña  Cataluña 7 783 302 16,35 % 242,42
3 Comunidad de Madrid  Comunidad de Madrid 6 744 456 14,17 % 840,77
4 Comunidad Valenciana  Comunidad Valenciana 5 090 839 10,69 % 218,92
5 Galicia  Galicia 2 689 152 5,65 % 90,93
6 Castilla y León  Castilla y León 2 370 064 4,98 % 25,15
7 País Vasco  País Vasco 2 207 201 4,63 % 305,12
8   Canarias 2 176 412 4,57 % 292,25
9 Castilla-La Mancha  Castilla-La Mancha 2 052 193 4,32 % 25,84
10 Región de Murcia  Región de Murcia 1 531 439 3,22 % 135,37
11 Aragón  Aragón 1 325 342 2,78 % 27,78
12 Islas Baleares  Islas Baleares 1 176 254 2,47 % 233,38
13 Extremadura  Extremadura 1 054 245 2,21 % 25,32
14 Principado de Asturias  Principado de Asturias 1 004 499 2,11 % 94,73
15 Comunidad Foral de Navarra  Comunidad Foral de Navarra 663 612 1,39 % 63,86
16 Cantabria  Cantabria 585 222 1,23 % 110,40
17 La Rioja  La Rioja 319 485 0,67 % 63,33
18 Melilla  Melilla 85 159 0,18 % 7096,58
19 Ceuta  Ceuta 82 566 0,17 % 4345,58
TOTAL 47 615 034 100 % 94,35


Economía y PIB editar

 
Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el periodo 2007-2013.      Regiones en convergencia.      Regiones en disminución progresiva.      Regiones en incremento progresivo.      Regiones competitivas y generadoras de empleo.

A continuación encontramos la lista de comunidades autónomas españolas ordenadas por renta per cápita (2018).[27]​ Es de gran importancia conocer la renta per cápita de una comunidad autónoma, pues de ello depende la cantidad de fondos europeos que recibe una región. Las regiones «menos desarrolladas», cuyo PIB per cápita es inferior al 75 % de la media de la UE, siguen siendo la principal prioridad de la Política de Cohesión (Objetivo 1). Las regiones «en transición», cuyo PIB per cápita está situado entre el 75 % y el 90 % de la media de la UE, serán el Objetivo 2. En el caso de España, en 2010 tan solo Extremadura se encontraba en dicha situación.[28]

Lista de comunidades autónomas

por PIB per cápita (2018)[29]

Producto interior bruto nominal (2018)
# Nombre PIB per cápita España
= 100 %
1 Comunidad de Madrid  Comunidad de Madrid 35 041 € 136,2 %
2 País Vasco  País Vasco 33 223 € 129,1 %
3 Navarra  Navarra 31 389 € 122,0 %
  Unión Europea 30 960 € 120,3 %
4 Cataluña  Cataluña 30 426 € 118,3 %
5 Aragón  Aragón 28 151 € 109,4 %
6 Islas Baleares  Islas Baleares 27 682 € 107,6 %
7 La Rioja  La Rioja 27 225 € 105,8 %
España  España 25 727 € 100,0%
8 Castilla y León  Castilla y León 24 031 € 93,4 %
9 Cantabria  Cantabria 23 757 € 92,3 %
10 Galicia  Galicia 23 183 € 90,1 %
11 Principado de Asturias  Principado de Asturias 22 789 € 88,6 %
12 Comunidad Valenciana  Comunidad Valenciana 22 426 € 87,2 %
13 Región de Murcia  Región de Murcia 21 269 € 82,7 %
14   Canarias 20 892 € 81,2 %
15 Castilla-La Mancha  Castilla-La Mancha 20 363 € 79,2 %
16 Ceuta  Ceuta 20 120 € 78,2 %
17 Andalucía  Andalucía 19 107 € 74,3 %
18 Extremadura  Extremadura 18 769 € 72,9 %
19 Melilla  Melilla 18 533 € 72,0 %
# Nombre PIB (nominal)
millones de
%
1 Comunidad de Madrid  Comunidad de Madrid 230 795 19,2 %
2 Cataluña  Cataluña 228 682 19 %
3 Andalucía  Andalucía 160 622 13,4 %
4 Comunidad Valenciana  Comunidad Valenciana 110 979 9,2 %
5 País Vasco  País Vasco 72 170 6 %
6 Galicia  Galicia 62 570 5,2 %
7 Castilla y León  Castilla y León 57 926 4,8 %
8 Canarias  Canarias 45 720 3,8 %
9 Castilla-La Mancha  Castilla-La Mancha 41 345 3,4 %
10 Aragón  Aragón 37 038 3,1 %
11 Islas Baleares  Islas Baleares 32 542 2,7 %
12 Región de Murcia  Región de Murcia 31 458 2,6 %
13 Principado de Asturias  Principado de Asturias 23 340 1,9 %
14 Navarra  Navarra 20 282 1,7 %
15 Extremadura  Extremadura 20 028 1,7 %
16 Cantabria  Cantabria 13 801 1,1 %
17 La Rioja  La Rioja 8513 0,7 %
18 Ceuta  Ceuta 1709 0,1 %
19 Melilla  Melilla 1568 0,1 %
Extra-regio[n 3] 1103 0,1 %
Total 1 202 193 100 %

Presupuestos y distribución de la renta editar

La puesta en funcionamiento de las comunidades autónomas determinó la necesidad de crear un sistema de financiación que garantizara la obtención de los recursos necesarios para ejercer las competencias que estas nuevas administraciones territoriales iban asumiendo. La Constitución de 1978 determinaba los aspectos básicos de la financiación autonómica en sus artículos 156 a 158. En ellos se establecen estos principios:

  • Autonomía financiera, que supone la libertad de las Comunidades para decidir sobre sus gastos e ingresos, aunque no de forma absoluta, sino en relación con los demás principios.
  • Solidaridad, en cuanto equilibrio económico adecuado y justo entre las diversas partes del territorio.
  • Igualdad, a los efectos de impedir que las diferencias entre Estatutos impliquen privilegios económicos o sociales.
  • Coordinación con la Hacienda Estatal, como garantía de eficacia del funcionamiento del conjunto del Estado Autonómico.

Sin embargo, estos principios comunes no determinan la existencia de un modelo único. Por el contrario, el reconocimiento de los derechos históricos por la Constitución (Disposición Adicional Primera) se tradujo en un sistema de Convenio y Concierto aplicables exclusivamente a los territorios forales de Navarra y el País Vasco, mientras que el resto de las Comunidades se rige por el régimen común, cuyas bases quedan establecidas en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).

Régimen foral editar

El Estatuto de Autonomía para el País Vasco vino a reconocer el régimen de Concierto Económico para la financiación de sus territorios históricos (Álava, Guipúzcoa y Vizcaya) configurándose un sistema propio y característico. El primer Concierto Económico fue aprobado por la ley 12/1981, de 13 de mayo y su validez se extendía hasta el 31 de diciembre de 2001. La Ley 12/2002, de 23 de mayo, aprobó, con carácter indefinido, el Concierto Económico vigente, estableciendo que cada cinco años se aprobará una ley de metodología del cupo del quinquenio.

Ingresos editar

La distribución de la renta por comunidades autónomas arroja datos paradójicos. La Comunidad de Madrid, que es una de las mayores en cuanto a PIB, es la peor parada si dividimos los presupuestos de la comunidad entre el número de habitantes, lo que llamamos ingresos por persona. Ordenadas de mayor a menor, las diferencias entre las "comunidades ricas" y las "comunidades pobres" son de, prácticamente, el 100 %. En primer lugar, tenemos a Navarra, con 7967 € por persona; en segundo lugar, La Rioja, con 6121 € por persona; en tercer lugar, Extremadura, con 6067 € por persona.

La ciudad autónoma de Ceuta dispone de 4717 € por persona; Melilla ostenta 4251 € por persona; y Madrid, paradójicamente una de las de mayor PIB de España, es el farolillo rojo, contando con 3809 € por persona.

Comunidades y ciudades autónomas
# C. A. Ingresos
(2022)
Ingr./pers.
(2022)
1 Navarra  Navarra 5 273 127 7967 €
2 La Rioja  La Rioja 1 939 235 6121 €
3 Extremadura  Extremadura 6 381 008 6067 €
4 País Vasco  País Vasco 13 140 577 6024 €
5 Cataluña  Cataluña 44 573 733 5781 €
6 Cantabria  Cantabria 3 342 637 5712 €
7 Comunidad Valenciana  Comunidad Valenciana 28 468 015 5575 €
8 Castilla-La Mancha  Castilla-La Mancha 11 436 318 5557 €
9 Aragón  Aragón 6 991 666 5315 €
10 Principado de Asturias  Principado de Asturias 5 289 634 5261 €
11 Islas Baleares  Islas Baleares 6 397 822 5192 €
12 Galicia  Galicia 13 107 581 4866 €
13 Castilla y León  Castilla y León 11 235 461 4729 €
14 Región de Murcia  Región de Murcia 6 962 802 4547 €
15   Canarias 9 973 597 4410 €
16 Andalucía  Andalucía 36 074 925 4225 €
17 Ceuta  Ceuta 389 500 4717 €
18 Melilla  Melilla 362 023 4251 €
19 Comunidad de Madrid  Comunidad de Madrid 25 999 172 3809 €
* fuente: Datosmacro, 2022. En miles de euros.[30]


Presidentes de las comunidades y ciudades autónomas editar

13 3 1 1 1

Los diecisiete presidentes y los dos alcaldes-presidentes autonómicos actuales de España son:

  • En negrita: mandato actual
Comunidad
autónoma
Gobierno Imagen Presidente
Título
Formación
política
Mandatos Gobierno
Andalucía  Andalucía Junta de Andalucía   Juan Manuel Moreno
Presidente de la Junta de Andalucía
  PP 2018-2022

2022-Actual

  PP
Mayoría
Aragón  Aragón Gobierno de Aragón   Jorge Azcón
Presidente del Gobierno de Aragón
  PP 2023-Actual   PP
  VOX
Mayoría
Principado de Asturias  Principado de Asturias Consejo de Gobierno del Principado de Asturias   Adrián Barbón
Presidente del Principado de Asturias
  PSOE 2019-2023
2023-Actual
  FSA-PSOE
  Convocatoria por Asturias
Mayoría sumando a Podemos Asturies
Islas Baleares  Islas Baleares Gobierno de las Islas Baleares   Marga Prohens
Presidenta de las Islas Baleares
  PP 2023-Actual   PP
En minoría, sumando a Sa Unió
  Canarias Gobierno de Canarias   Fernando Clavijo Batlle
Presidente de Canarias
  CC 2015-2019
2023-Actual
  CC
  PP
AHI
Mayoría, sumando a ASG
Cantabria  Cantabria Gobierno de Cantabria   María José Sáenz de Buruaga
Presidenta de Cantabria
  PP 2023-Actual   PP
En minoría
Castilla-La Mancha  Castilla-La Mancha Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha   Emiliano García-Page
Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
  PSOE 2015-2019
2019-2023
2023-Actual
  PSCLM-PSOE
Mayoría
Castilla y León  Castilla y León Junta de Castilla y León   Alfonso Fernández Mañueco
Presidente de la Junta de Castilla y León
  PP 2019-2022
2022-Actual
  PP
  VOX
Mayoría
Cataluña  Cataluña Generalidad de Cataluña   Pere Aragonès
Presidente de la Generalidad de Cataluña
  ERC 2020-2021
2021-Actual
  ERC
En minoría
  Ceuta Consejo de Gobierno de Ceuta   Juan Jesús Vivas
Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta
  PP 2001-2003
2003-2007
2007-2011
2011-2015
2015-2019
2019-2023
2023-Actual
  PP
En minoría
Comunidad Valenciana  Comunidad Valenciana Generalidad Valenciana   Carlos Mazón
Presidente de la Generalidad Valenciana
  PP 2023-Actual   PP
  VOX
Mayoría
Extremadura  Extremadura Junta de Extremadura   María Guardiola
Presidenta de la Junta de Extremadura
  PP 2023-Actual   PP
  VOX
Mayoría
Galicia  Galicia Junta de Galicia   Alfonso Rueda
Presidente de la Junta de Galicia
  PP 2022-Actual   PP
Mayoría
La Rioja  La Rioja Gobierno de La Rioja   Gonzalo Capellán
Presidente de La Rioja
  PP 2023-Actual   PP
Mayoría
Comunidad de Madrid  Comunidad de Madrid Gobierno de la Comunidad de Madrid   Isabel Díaz Ayuso
Presidenta de la Comunidad de Madrid
  PP 2019-2021
2021-2023
2023-Actual
  PP
Mayoría
Melilla  Melilla Consejo de Gobierno de Melilla   Juan José Imbroda
Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla
  PP 2000-2003
2003-2007
2007-2011
2011-2015
2015-2019
2023-Actual
  PP
Mayoría
Región de Murcia  Región de Murcia Gobierno de la Región de Murcia   Fernando López Miras
Presidente de la Región de Murcia
  PP 2017-2019
2019-2023
2023-Actual
  PP

  Vox

Mayoría
Navarra  Navarra Gobierno de Navarra   María Chivite
Presidenta del Gobierno de Navarra
  PSOE 2019-2023
2023-Actual
  PSN-PSOE
  Geroa Bai
  Contigo-Zurekin
En minoría
País Vasco  País Vasco Gobierno Vasco   Iñigo Urkullu
Presidente del Gobierno Vasco
  PNV 2012-2016
2016-2020

2020-Actual

  PNV
  PSE-EE
Mayoría


Porcentaje actual de Presidencias por partido[31]
PP
  
68.42 %
PSOE
  
15.79 %
ERC
  
5.26 %
PNV
  
5.26 %
CC
  
5.26 %


Véase también editar

Notas editar

  1. La abreviatura CC. AA., aunque usada comúnmente tanto para el singular como por el plural, debe emplearse solo para hacer referencia a la forma plural, a saber, «comunidades autónomas». La abreviatura C. A. y la sigla CA son las abreviaciones correctas para indicar la forma singular.[1]
  2. La única comunidad foral de España, la Comunidad Foral de Navarra, se rige por la LORAFNA en vez de por un Estatuto de Autonomía.
  3. Todo el Valor Añadido Bruto de la Extra-Regio está generado en la rama agregada Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria; educación; actividades sanitarias y de servicios sociales.

Referencias editar

  1. «comunidades autónomas». Fundéu BBVA. 15 de abril de 2009. Consultado el 13 de julio de 2015. 
  2. «Título VIII. De la Organización Territorial del Estado - Constitución Española». www.congreso.es. Consultado el 27 de agosto de 2016. 
  3. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Informe sobre la dimensión territorial de la actuación de las Administraciones Públicas, Ejercicio 2012. 
  4. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. «Régimen común: Sistema de Financiación». 
  5. «Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas.». 
  6. a b c d e f g h i En los Estatutos de Autonomía de Andalucía, Aragón, Islas Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia y La Rioja no se especifica una denominación oficial para estas comunidades autónomas. En el caso de Cataluña, el nombre figura como Cataluña en la redacción en castellano del Estatuto, mientras que en las redacciones en catalán y en occitano, que también son lenguas oficiales, figura como Catalunya y Catalonha respectivamente.
  7. "La Comunidad Autónoma, comunidad histórica constituida en el ejercicio del derecho al autogobierno amparado por la Constitución, se denomina Principado de Asturias" (art. 1.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias).
  8. "La denominación de la Comunidad Autónoma es Illes Balears." (art. 1.2 del Estatuto de Autonomía de Baleares).
  9. Agüera, Antoni (28 de enero de 2016). «Cort aprueba recuperar el nombre «histórico» de Palma». Noticias/local: Última Hora. Consultado el 25 de agosto de 2021. 
  10. "La capitalidad de Canarias se fija compartidamente en las ciudades de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria, regulándose su desarrollo por Ley del Parlamento de Canarias." (art. 3.1 del Estatuto de Autonomía de Canarias).
  11. "La denominación de la Comunidad Autónoma será la de Cantabria" (art. 1.3 del Estatuto de Autonomía de Cantabria).
  12. El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado en 1982 y reformado en 1991, 1994, 1997 y 2002 no define capital alguna para la comunidad autónoma (art. 6 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha). En tanto que la ley autonómica 3/1983 fija a la ciudad de Toledo como sede de las Cortes y el Gobierno de la región, ningún punto de la legislación autonómica hace referencia a la capitalidad de Castilla-La Mancha.
  13. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado en 1983 y reformado en 1988, 1994, 1999 y 2007 no define capital alguna para la comunidad autónoma (art. 3 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León). En tanto que la ley autonómica 13/1987 fija a la ciudad de Valladolid como sede de las instituciones básicas de la comunidad autónoma, ningún punto de la legislación autonómica hace referencia a la capitalidad de Castilla y León.
  14. "El Pueblo Valenciano, históricamente organizado como Reino de Valencia, se constituye en Comunidad Autónoma [...] con la denominación de Comunitat Valenciana. (art. 1.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana)
  15. "La Comunidad Autónoma de Madrid se denomina Comunidad de Madrid" (art. 1.2 del Estatuto de Autonomía de Madrid).
  16. «La Comunidad Autónoma, que se denomina Región de Murcia, asume el Gobierno y la Administración autónomos de la provincia de Murcia» (art. 1.2 del Estatuto de Autonomía de Murcia) [1].
  17. En el caso de Navarra, si bien no se especifica una denominación oficial, figura también la denominación de Comunidad Foral de Navarra, citándose los «derechos originarios e históricos [...] con arreglo a la Ley de 25 de octubre de 1839, a la Ley Paccionada de 16 de agosto de 1841» (art. 2.1 del Amejoramiento de Navarra). En la redacción del Amejoramiento en euskera, que también es lengua oficial «en las zonas euskoparlantes» (art. 9.2), las denominaciones empleadas son Nafarroa y Nafarroako Foru Komunitatea.
  18. «El Pueblo Vasco o Euskal Herria, como expresión de su nacionalidad, y para acceder a su autogobierno, se constituye en Comunidad Autónoma dentro del Estado español bajo la denominación de Euskadi o País Vasco, de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.» (art. 1 del Estatuto de Autonomía del País Vasco). En la redacción del Estatuto en euskera, que también es lengua oficial, la denominación empleada es «Euskadi» o «Euskal Herria».
  19. El Estatuto de Autonomía no define explícitamente una capital. Vitoria es la sede oficial del Parlamento y de las instituciones comunes de la comunidad.
  20. Nota de prensa INE https://www.ine.es/prensa/cre_2018_2.pdf
  21. «Programa Operativo Crecimiento Inteligente de la UE (2014-2010)». Isciiii.es. Archivado desde el original el 4 de septiembre de 2018. Consultado el 4 de septiembre de 2018. 
  22. Instituto Nacional de Estadística (20 de diciembre de 2019). «Contabilidad Regional de España. Revisión Estadística 2019. Producto Interior Bruto regional. Serie 2000-2018. Cuentas de renta regionales del sector hogares. Serie 2000-2017». Consultado el 25 de diciembre de 2019. 
  23. Tablas estadísticas de presupuestos de las CCAA de España., en la web de Datosmacro, diario Expansión, consultada el 24 de febrero de 2023.
  24. «La España que queda: el mapa de los gobiernos autonómicos se completa con el gobierno riojano de izquierdas». 20minutos. Consultado el 24 de febrero de 2023. 

Enlaces externos editar